La incompatibilidad de los cargos públicos no es algo novedoso en las distintas legislaciones del mundo; con ello se cumplen los principios que cada país hace valer en su Constitución y sus leyes.
En México siempre ha existido esta figura jurídica de la incompatibilidad de los cargos públicos. El artículo 55 de la Constitución señala los requisitos para ser diputado federal, mientras que el artículo 58 señala los requisitos para ser senador de la República; el artículo 95 de la Carta Fundamental señala los requisitos para poder ser parte del Poder Judicial de la Federación.
Estas disposiciones han ido cambiando, y cada día se van adicionando cierta prohibiciones, requisitos o incompatibilidades para acceder a los cargos públicos. En algunos momentos se han eliminado, pero en otros se han adicionado más y más requisitos.
En el lenguaje electoral, a estos requisitos les llaman requisitos de elegibilidad, es decir, para poder ser electo se deben cumplir los requisitos que señalan la ley y la Constitución.
La falsa narrativa de restricción de derechos, como todos sabemos, va más bien dirigida a evitar que personajes que, incluso, se encuentran prófugos de la justicia en Estados Unidos, puedan buscar una candidatura a gobernador o a la Presidencia de la República, estando protegidos por las leyes de otros países, poniendo como una barrera la nacionalidad de aquel país protector.
La doble nacionalidad no es un derecho, es una prerrogativa, que no es lo mismo, pues esta se ejerce bajo ciertas condiciones, es decir, no hay un derecho a la doble nacionalidad, sino que existe una posibilidad de tener una doble nacionalidad, siempre y cuando cumplas con ciertos requisitos de los dos países a los que pretende la persona obtener la nacionalidad.
Cuando un país te otorga la nacionalidad por naturalización, señala tus derechos y obligaciones; uno de ellos es defender a ese país contra cualquier otro.
Y también te señala que gozarás de todos los derechos como ciudadano de aquel país, bajo las mismas reglas y condiciones para todos los ciudadanos, sin importar si es nacional por nacimiento o naturalización.
Así, cuando quieres la nacionalidad de otro país, aceptas todas y cada una de las reglas de aquel país; entonces, es ilógico que te opongas a aceptar las reglas que impone tu propio país, es decir, te subordinas a las reglas del país al que quieres pertenecer, pero protestas con las reglas del país al que perteneces cultural, familiarmente, al que perteneces y tienes raíz; a eso en México lo llamamos de una forma muy especial.
La incompatibilidad del cargo de titular del Poder Ejecutivo con la doble nacionalidad es más que necesaria en estos tiempos, donde la oposición busca el apoyo ilegal de otros países para arrebatar el poder al pueblo, pues buscan entregar el país a cambio de recuperar el poder, gozando incluso de protección del país vecino por ser nacional de él, sin que las autoridades mexicanas puedan hacer nada contra ellos; vamos, lo que quieren es convertirse en virreyes, sí, regresarnos a la época de la Colonia.
Por eso, la incompatibilidad de la doble nacionalidad es total y absolutamente necesaria para evitar regresar a ser colonia.
México y su pueblo son libres, autónomos e independientes; no perderán su soberanía ni dejarán que opositores a la 4T, en su afán de recuperar sus privilegios, entreguen el país a extranjeros.