Hoy, la esperanza de vida es mayor, pero eso no implica que las personas puedan o deban seguir trabajando más tiempo. En México, millones de adultos mayores enfrentan su vejez sin seguridad social, sin ahorros para el retiro y sin una pensión que les permita solventar sus necesidades más básicas. Esta realidad los sitúa en un estado de vulnerabilidad que se expresa en pobreza o abandono. Frente a ese escenario, el programa de pensiones para el bienestar ha significado un faro en el horizonte. Gracias a la politica del bienestar del gobierno de la 4T, este programa (ya elevado a rango constitucional mediante la reforma al artículo 4°) dejó de ser un acto de asistencialismo para convertirse en un derecho. Quienes antes eran tratados como beneficiarios, hoy son reconocidos como derechohabientes.
La política social de transferencias monetarias impulsada desde el gobierno del presidente López Obrador ha tenido impactos contundentes en la reducción de la pobreza. De acuerdo con datos del CONEVAL, entre 2020 y 2022, 8.9 millones de personas dejaron de estar en situación de pobreza, es decir, el 7.6% de la población mejoró su calidad de vida. Entre los sectores más favorecidos se encuentran los adultos mayores: mientras en 2018 el 43.2% de ellos vivía en condiciones de precariedad, en 2022 la cifra se redujo al 31.1%. La pensión para el bienestar ha sido un factor decisivo en esta transformación. En Michoacán, por ejemplo, más de 588 mil adultos mayores reciben este apoyo, lo que representa una inversión bimestral superior a los 3 mil 650 millones de pesos.
Sin embargo, uno de los programas más nobles de la 4T se ha convertido también en blanco de abusos. Cada vez es más común conocer casos en los que el recurso entregado a adultos mayores o personas con discapacidad es retenido, desviado o robado por quienes dicen ser “de confianza”. Se trata de un fenómeno doloroso, que escuché decenas de veces durante mis recorridos por los municipios michoacanos cuando tuve el honor de trabajar en la Secretaría del Bienestar. Y, si bien, en Michoacán existe una Ley de Protección Integral para las Personas Adultas Mayores, esta no contempla sanciones específicas para quienes, aprovechándose de la confianza, disponen del dinero de la pensión sin consentimiento.
La OMS define el maltrato hacia los adultos mayores como cualquier acto u omisión, en el contexto de una relación de confianza, que cause daño o sufrimiento. Entre los tipos de maltrato más frecuentes se encuentra el abuso económico, es decir, el uso indebido de los recursos de la persona mayor. Uno de cada seis adultos mayores en el mundo sufre algún tipo de abuso, y en México la cifra se eleva hasta casi un tercio de la población mayor. Michoacán no es ajeno a esta problemática. El DIF municipal de Morelia ha documentado entre 10 y 15 denuncias mensuales por abuso financiero, la mayoría relacionadas con el uso indebido de pensiones del bienestar. En 2022 se registraban apenas cuatro quejas mensuales; hoy la cifra se ha triplicado. Esta tendencia no sólo es alarmarmante, exige también, observar de cerca este desafortunado fenómeno y tomar cartas en el asunto.
Recuerdo especialmente el caso de una señora en la Meseta Purépecha. Se acercó a preguntarme por qué su pensión había llegado “recortada, con piquete de ojos y pellizcos”. Pedimos que revisaran su cuenta: todo estaba en orden, su pensión llegaba íntegra. La realidad era, que su propio nieto, quien se ofrecía a “hacerle el favor” de retirarla, le robaba la mitad. La decepción en su rostro es algo que a la fecha no puedo olvidar, y que resume el dolor silencioso de miles de adultos mayores que padecen esta forma de violencia económica, muchas veces sin siquiera saberlo.
Es por ello que, desde el Congreso del Estado, impulsamos una inciativa de reforma para integrar en el Código Penal de Michoacán el delito de abuso de confianza específico, aplicable a quienes dispongan del recurso de la pensión sin el consentimiento de sus titulares. Esta reforma propone la adición de un párrafo al artículo 215 del Código Penal estatal, estableciendo penas de 6 a 11 años de prisión, multas de hasta 100 UMAs y la reparación del daño. Asimismo, proponemos reformar el artículo 88 de la Ley Orgánica Municipal para que los ayuntamientos puedan brindar acompañamiento legal y asistencia jurídica a personas adultas mayores y con discapacidad en la presentación de denuncias. Además de considerar, incluso, la creación de una Procuraduría para la Defensa del Adulto Mayor en Michoacán.