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  • 20 Mar 2023
  • 08:03
  • SPR Informa 6 min

¿Existe el derecho humano a un sueldazo? Derechos Humanos vs Derechos políticos

¿Existe el derecho humano a un sueldazo? Derechos Humanos vs Derechos políticos

Por Rodrigo Galindo .

Consecuencia de la Revolución Francesa surgió la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. En ellos la Asamblea Nacional francesa separó estos derechos en derechos humanos universales y derechos de los ciudadanos, que serían los derechos políticos. Con esta separación el mundo occidental llevó los siglos XVIII, XIX y XX, hasta que en la segunda mitad del siglo XX e inicios del XXI, bajo el principio de progresividad, los derechos políticos también serían sujetos de protección nacional e internacional.

Desde la revolución francesa había quedado claro que los derechos políticos no eran universales, para votar o ser votado había restricciones de edad, de género, de propiedad, etc. La modernidad quitó muchos de esas limitantes. Pero poco a poco se fue desdibujando esa línea hasta llegar a algunos casos extremos, como los siguientes.

En 2019 Evo Morales, presidente entonces de Bolivia, al que se le terminaba su periodo y la Constitución de su país limitaba la reelección, buscó refugio en los derechos humanos para lograr esta reelección aduciendo un “derecho humano a la reelección”.  Ante esto la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió su opinión “La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos”.(1)

En este caso la corte interamericana hizo esta diferencia planteada desde la Francia revolucionara, no, no existe el derecho humano a la reelección indefinida.

Pero también tenemos un caso similar en México. Después de la aprobación de la reforma electoral conocida como el Plan B, se destituyó al Secretario Ejecutivo del Consejo General del INE, Edmundo Jacobo Molina. No obstante, esta persona promovió un juicio de amparo, en contra de actos de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y de otras autoridades por considerarlos violatorios de derechos fundamentales previstos en diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El Juzgado concedió la suspensión definitiva a Edmundo Jacobo Molina, en lo que se define la sentencia en el juicio de amparo.

Igual que en el caso de Evo Morales, no existe un derecho humano a mantener un cargo a costa del erario, mi interpretación sería la misma que la de la Corte Interamericana y la Asamblea Nacional Francesa, los derechos políticos son diferentes a los derechos humanos, no son universales, ni progresivos y pueden establecerse los límites que la Constitución nacional y los tratados internacionales establezcan.

En ese sentido el abusar de ellos como en los dos casos anteriores reafirma lo que revolucionarios franceses establecieron era correcto.

 

 

 

 

(1) Opinión Consultiva planteada por el Gobierno de Colombia, en octubre de 2019, bajo el título de “La figura de la reelección presidencial indefinida en el contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.