Durante los meses en los que se han llevado los foros y discusiones en torno a la reforma al poder judicial se han discutido los objetivos esenciales de la reforma y sus implicaciones para todos, tanto jueces del poder judicial federal como los de los poderes judiciales locales, así como justiciables y demás operadores de justicia.
Ya en otros espacios había comentado la necesidad que tiene la voluntad popular de tener expresión y representación en todas las áreas de una nación y que una transformación pasa por los tres poderes y los niveles de gobierno. El Poder Judicial, aunque es el que más tarda en cambiar, también debe ser sujeto a cambio.
El tema de los nombramientos políticos no es algo nuevo, desde el famoso caso Marbury vs Madison. En donde el presidente saliente había nombrado a sus jueces conocidos como jueces de medianoche, para que en la nueva administración dichos jueces fueran fuerte influencia y un contrapeso en su gobierno.
Previo a que Thomas Jefferson tomara posesión como presidente de Estados Unidos la Ley Orgánica del Distrito de Columbia, facultaba al presidente para designar a los jueces de paz de los condados de las ciudades de Washington. John Adams (aún presidente), con intervención de John Marshall (aún secretario de Estado) designan a dichos jueces los cuales fueran confirmados por el Senado al día siguiente.
Derivado de que fue una decisión apresurada, cuatro de los jueces designados no recibieron su nombramiento, que lo único que le hacía falta era el sello oficial por parte del Secretario de Estado; pero, como precisamente el periodo presidencial de Adams finalizaba, y el nuevo Presidente Jefferson ordenó que se detuviera la entrega de dichos nombramientos, y tomó dicha acción como algo personal, aun así confirmó a los jueces que habían recibido su nombramiento; pero los cuatro jueces de los que hablamos no fueron ratificados por el Presidente. Lo cual fue el origen de este famoso caso.
Este ejemplo nos presenta el ejemplo de que el poder político siempre estará buscando ser representado en el poder judicial a través de los nombramientos de jueces federales y locales. Y estos a su vez, no están exentos de participar en la política, no son solo la boca de la ley, son parte de los poderes públicos constituidos y emanados del pueblo. Cada transformación de la vida pública debe verse también reflejada en el poder judicial.