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  • hace 9 horas
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Qué sigue después de la extinción del INAI

Qué sigue después de la extinción del INAI

Por Naldy Rodríguez

Transparencia 3.0

La Simplificación Administrativa en México se consumó en la Cámara de Diputados. Lo que viene es la extinción del seis organismos autónomos y del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, que conocemos como INAI, lo que conlleva también la eliminación de las instituciones homólogas en cada una de las entidades federativas.

Lo que sigue es que se pueda dar un adecuado cierre y una “transferencia” de los bienes materiales, incluyendo la documentación física y digital. Uno de los temas que preocupan es el del destino que tendrán los archivos del INAI y de los institutos estatales.

El archivo histórico y la documentación que se encuentre en trámite tiene que preservarse y mantenerse, de acuerdo a la Ley General de Archivos, para que se conserve la memoria histórica de estos entes públicos, que velaban por dos derechos fundamentales: el de acceso a la información y el de protección de datos personales, pero también es proteger la memoria del México moderno, donde se han registrado hechos que han lastimado a la sociedad en su conjunto.

Hablar de los archivos es considerar también los documentos digitales, de ahí que deberá resguardarse los millones de datos que ha concentrado la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) desde el 2016. La reforma aprobada sólo considera que la PNT sea transferida al Poder Ejecutivo y/o al INEGI, seguramente será a la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.

Lo cierto es que lo más conveniente sería que esa información y plataforma electrónica pase al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que es un organismo técnico, que aún cuenta con autonomía y se encuentra vinculado a todas las instituciones del país, que además resguarda ya estadísticas y bases de datos.

En las próximas horas, la iniciativa de ley de simplificación administrativa estaría por aprobarse en el Senado de la República, una vez que sea avalada, tendrá que pasarse a los Congresos estatales, validarse por al menos 17 de ellos, para que pueda ser publicada esta reforma constitucional en el Diario Oficial de la Federación. Es el curso legal que seguirá.

En los estados será necesario la armonización de las Constituciones locales, en los mismos términos en los que se aprobó la reforma al artículo 6 y 116 de la Carta Magna.

Esto significa que deben dar competencia a las Contralorías Estatales u homólogos del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial para que atiendan los temas de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.
Tendrá que contemplarse también en las entidades el traslado de los archivos físicos con valor histórico y cultural, sobre todo de los que podrían considerarse patrimonio documental; así como los archivos electrónicos.

Hay que destacar que, el Congreso de la Unión tendrá en plazo máximo de 90 días naturales para realizar las adecuaciones necesarias a cuando menos los siguientes ordenamientos jurídicos: La Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley General de Archivo, la Ley de General Transparencia y las leyes en materia de datos personales. Y a partir de ahí, los Congresos locales podrán tener otros 90 días más para armonizar y expedir sus leyes estatales.

 

Twitter @ydlan

Transparencia3.0@outlook.com