Al independizarse México el Poder Judicial siguió funcionando como siempre lo había hecho, con la herencia española, a través de un Juzgado de Instrucción como investigador de la causa penal y un juez de la causa; que decidía.
Esto hasta el porfiriato, Porfirio Díaz vio en el Poder Judicial un impedimento, un verdadero freno al control del poder que iba en aumento. Aunque su gran amigo jalisciense Ignacio Luis Vallarta pudo cubrirlo desde la Suprema Corte de Justicia, lo cierto es que muchas veces el Poder Judicial frenaba las arbitrariedades de los militares y gobernadores porfiristas a través de la facultad de investigación del poder judicial o del otorgamiento de amparos.
Me viene a la mente “El caso del telegrama, ¡mátalos en caliente! ”. De un levantamiento militar en Veracruz. En donde la suprema corte ejerció la facultad de investigación. O como cuando el Poder Judicial otorgó amparos en contra del ejército por hacer reclutamiento forzoso a través de la práctica de la leva. Lo cierto es, que el Poder Judicial incomodaba al presidente Porfirio Díaz.
Lo que hizo fue debilitarlo a través de concentrar la facultad de investigación y la representación social en el Ministerio Público y a tener, en lugar de un fiscal adscrito a la Suprema Corte , a un Procurador adscrito al Poder Ejecutivo y así replicarlo en los Estados. La procuraduría resolvía este problema para Porfirio Díaz y sus gobernadores allegados, pues quitaba la facultad de investigación a los tribunales y concentraba el poder al elegir ellos a sus procuradores e influir en la investigación y procesamiento de delitos.
La revolución mexicana cuyo objetivo era la transición a la democracia y el derrocamiento total del régimen porfirista, falló en devolverle la facultad de investigación al Poder Judicial a través un juzgado de instrucción. Al contrario, en el nuevo pacto constitucional se mantuvo esa figura del Procurador y los Ministerios Públicos que fue un elemento importante en un régimen de partido único.
No sería hasta el 2016 cuando se modificó la Constitución para dar autonomía a las fiscalías de cara al nuevo sistema de justicia penal acusatorio. Esta autonomía constitucional es importante preservarla y fortalecerla, entendiendo su origen.