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  • https://www.sprinforma.mx/noticia/licencia-menstrual
  • 16 Feb 2023
  • 11:02
  • SPR Informa 6 min

Licencia menstrual

Licencia menstrual

Por José Alfonso Aparicio .

El pasado 15 de febrero fue una nota repetida y ampliamente difundida en muchísimos medios nacionales[1] que el Congreso de la Ciudad de México (CDMX) había aprobado licencia menstrual en materia laboral, tanto para el sector privado como para el público.

Lo anterior es equivocado, por dos razones:

1.El Congreso de la CDMX no puede regular la materia laboral (de trabajadores/as al servicio de empresas privadas – sector privado –  ni burócratas federales – sector público – ), siendo una facultad exclusiva del Congreso de la Unión (Cámara de Diputados federal y de Senadores), de conformidad con el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

2.Lo que ocurrió fue que el 14 de febrero el Congreso de la CDMX aprobó[2] sugerir al Congreso de la Unión una reforma a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Lo que implica una propuesta sin efectos vinculantes para un poder legislativo distinto. Ello no es nuevo, ya en otros casos ha ocurrido, también en materia laboral.

Lo que no me parece errado es que se proponga discutir el tema. Esto abre una coyuntura necesaria en la evolución de derechos laborales que vayan en la dirección de cerrar brechas de género en el entorno laboral. La propuesta del Congreso de la CDMX es regular permisos con goce de salario de dos días al mes a favor de trabajadoras (diagnosticadas con dismenorrea primaria o secundaria incapacitante). 

Regular permisos especiales para mujeres trabajadoras con menstruación dolorosa, años anteriores, ya ha sido propuesto por diferentes legisladores a nivel federal,[3] y también algunas entidades federativas, como es el caso de Coahuila con la iniciativa de la  Diputada Lizbeth Ogazón Navadel Grupo Parlamentario del Partido Morena (el 29 de Marzo de 2022)[4]. Debido a que en materia laboral burocrática la legislación del trabajo si es facultad concurrente o compartida con los congresos locales, respecto a su burocracia estatal y municipal (de conformidad con los artículos 115, fracción VIII, y 116, fracción VI, de la CPEUM). 

Extraña que en esa misma dirección el aludido Congreso de la CDMX no hubiere legislado para las burócratas de la Ciudad de México. También es atípico que antes – en el 2021 – , del mismo partido político y ante el mismo Congreso, se hubiere propuesto casi de manera idéntica la misma iniciativa y después se retirara.[5]

Es importante el tema si consideramos que en promedio son 40 años de la vida de una mujer los que cada mes tendrán un proceso de menstruación, que en algunos casos suele ser muy doloroso y en ciertos momentos resulta difícil el desarrollo normal de sus actividades laborales (en aquellas mujeres que padecen endometriosis, una enfermedad ginecológica benigna que puede producir un dolor muy fuerte durante las reglas).[6]

Considero que es un debate abierto en cuanto a los días en que se puede conceder un permiso de ausencia a laborar, y las condiciones. Por ejemplo, previa dictaminación médica, y que para hacer compatible la productividad, se permita realizar labores a distancia por medio del teletrabajo, en aquellos casos que sea posible, entre otras alternativas. Recordemos que las incapacidades o permisos – aunque fueren con goce de salario – , también restan ciertos puntos para que las trabajadoras puedan cumplir con requisitos en determinadas prestaciones superiores a las de la ley, y que existen en muchas empresas, como son los bonos de asistencia o puntualidad, y el que exista un simple permiso impediría su posibilidad de acceder a los mismos; y por otro lado el sector empresarial también buscará encontrar el equilibrio con sus objetivos de productividad. 

Las respuestas, como en muchos temas similares, no son sencillas de implementar y por ello también la autorregulación resulta fundamental en las empresas. Abramos el debate de género dentro del entorno laboral. 

 


 

[1] Solo cito algunos medios para ejemplificar la errata (Consultado por última vez el 15 de febrero de 2023):

Aristegui Noticias: https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:VXRPxjgIdsgJ:https://www.congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Iniciativas-2021-2023/20220329_145_MORENA.docx&cd=1&hl=es-419&ct=clnk&gl=mx

El Universal: https://www.eluniversal.com.mx/tendencias/licencia-menstrual-que-es-y-cuando-entraria-en-vigor-en-la-cdmx

Nmas: https://www.nmas.com.mx/ciudad-de-mexico/licencia-menstrual-cdmx-que-es-y-cuando-entra-en-vigor

ADN Noticias: https://adnoticias.mx/licencia-menstrual-cdmx/

SDP Noticias https://www.sdpnoticias.com/estados/cdmx/cdmx-aprueba-la-licencia-menstrual-por-hasta-3-dias-te-decimos-cuando-entra-en-vigor/ 

Sin Embargo: https://www.sinembargo.mx/14-02-2023/4325202 

[2] Dictamen presentado por la Diputada local Alicia Medina Hernández (MORENA). Cfr. https://congresocdmx.gob.mx/comsoc-propone-legislativo-local-congreso-union-permiso-laboral-mujeres-con-menstruacion-dolorosa-4127-1.html (Consultado por última vez el 15 de febrero de 2023).

[3] Cfr. https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-02-22-1/assets/documentos/Inic_MC_Sen_Delgadillo_LTSE.pdf 

[4] Cfr. 
https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:VXRPxjgIdsgJ:https://www.congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Iniciativas-2021-2023/20220329_145_MORENA.docx&cd=1&hl=es-419&ct=clnk&gl=mx (Consultado por última vez el 15 de febrero de 2023).

[5] Realizada por el Diputado Nazario Norberto Sánchez. Cfr. https://www.congresocdmx.gob.mx/media/documentos/ca9abf06f7b102108bc73bf83aeacbab68a7b59a.pdf

[6] Cfr. https://elpais.com/elpais/2017/11/07/actualidad/1510058995_310150.html (Consultado por última vez el 15 de febrero de 2023).