En esta columna abordo los puntos más controversiales de las propuestas de Claudia Sheinbaum sobre la reforma judicial. A diferencia de los puntos que aborde en mi columna pasada, estas propuestas abordan los temas más conocidos y discutidos en los medios y las diversas mesas y conferencias que se han organizado: la organización del poder judicial federal, separación y reorganización del consejo de la judicatura, régimen disciplinario y votación de jueces, magistrados y ministros.
Si los puntos que expuse la semana pasada podrían ser polémicos, como la regulación de la profesión jurídica, los álgidos temas sobre la reforma judicial que se han discutido todo este año han desbordado prácticamente todo el escenario político electoral y mediático posible. Al grado que la reforma judicial estuvo en las campañas políticas y en las votaciones. Para comenzar de nuevo empiezo con los puntos menos conocidos o discutidos.
La creación de un órgano de administración dotado de independencia y autonomía técnica separado de la corte y del consejo de la judicatura. No se detalla más, pero claramente se contempla separar funciones burocráticas de la administración del poder judicial federal de la corte y del consejo de la judicatura parta reunirlas en un único órgano. La reforma judicial presentada por el presidente AMLO también menciona a dicha autoridad Es de mucha relevancia esta propuesta porque tanto la corte como el consejo tienen en la misma Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación bastantes facultades, y que por sus conocidas ineficiencias en la administración presupuestal, material y en personal, no se ejercen bien.
Además, en unión de la propuesta anterior se propone la creación del Tribunal de Disciplina Judicial que investiga y sanciona sobre conductas ilegales del personal del poder judicial federal. Dicho nuevo tribunal también es retomado de la reforma del presidente López Obrador. Por lo tanto este nuevo tribunal quita facultades centrales del Consejo de la judicatura. Así que prácticamente con la creación de ambos nuevos órganos, órgano de administración y el tribunal de disciplina judicial, se elimina la existencia del Consejo. También es muy conocido ya que hay ineficiencia en las capacidades de investigación y sanción del consejo contra las conductas irregulares de los funcionarios públicos.
Por último, la propuesta más conocida de la reforma judicial de Sheinbaum, y que es en general la misma del presidente Andrés Manuel, SALVO que no se especifican los detalles y condiciones del proceso de elección: la votación para nombrar en el cargo a Ministros de la SCJN, Magistrados de Circuito, Jueces de Distrito y Magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial. Prácticamente, y que no debería, el centro de discusión de la reforma.
Las propuestas de Sheinbaum son más amplias para reformar la justicia formal, no solo al poder judicial federal. Ya sea reformar a los poderes judiciales locales, las defensorías públicas y las fiscalías, que son centrales para la impartición de justicia; así como su propuesta para resolver conflictos de forma más rápida y eficiente con la creación de un modelo de justicia cívica y alternativa, y también propone reglamentar la profesión de un actor central: a los abogados. En las siguientes columnas profundizare en algunos temas.