El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, este 24 de abril, por unanimidad confirmar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) para no suspender las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador durante el actual proceso electoral, como lo solicitaron el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), y señalaron que las mañaneras son un instrumento de información y rendición de cuentas.
Luego de que el Consejo General del INE rechazó este acuerdo, dichas fuerzas políticas recurrieron a la Sala Superior para impugnar la decisión del árbitro electoral ya que, consideraron que las conferencias del titular del Poder Ejecutivo vulneran la equidad en la contienda con sus declaraciones sobre logros que se traducen en propaganda gubernamental, por lo que presentaron una impugnación ante el TEPJF.
Las y los magistrados aprobaron el proyecto del magistrado Felipe de la Mata, el cual advirtió que las ruedas de prensa no son ilícitas y cancelarlas sería “desproporcionado”, además, insistió en no suspender su difusión ya que consideró que “la argumentación presentada por los partidos recurrentes es ineficaz para evidenciar una supuesta ilicitud, por lo cual debe confirmarse el acuerdo, dicta la propuesta de sentencia”, sostuvo.
En este sentido la magistrada Janine Otálora aseguró que "las mañaneras por sí mismas no conllevan a una ilicitud y permiten ser un medio de comunicación, información y rendición de cuentas por parte del presidente de la República con la ciudadanía".