Cuando la justicia todavía delibera, la transparencia también cuenta.
En los próximos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría convertirse nuevamente en el punto de encuentro de una discusión que rebasa lo jurídico para posicionarse en lo social. Organizaciones de personas jubiladas del Instituto Mexicano del Seguro Social, entre ellas la Unión Nacional de Comités IMSS (UNCIMSS) y otros colectivos nacionales, han anunciado una movilización frente al alto tribunal para insistir en la devolución de los recursos acumulados en la subcuenta de cesantía en edad avanzada y vejez.
Conviene decirlo con cuidado: no se trata solamente de una protesta por dinero. Tampoco de una disputa simple entre quienes defienden a los jubilados y quienes defienden a la Corte. El asunto es más profundo. Está en juego la forma en que el Estado explica a sus trabajadores jubilados – en este caso a los jubilados del IMSS- qué ocurrió con los recursos que durante años aportaron y que al final de su vida laboral, quedaron sujetos a una interpretación jurídica que no permite hoy en día su devolución.
El expediente que reactivó la conversación es el amparo directo 65/2025, atraído por el Pleno de la SCJN. El proyecto plantea un problema constitucional y laboral concreto: determinar si las personas jubiladas bajo el Régimen de Jubilaciones y Pensiones del contrato colectivo del IMSS tienen derecho a recibir, en una sola exhibición, los recursos acumulados en la subcuenta de retiro, cesantía y vejez. El asunto deriva de un laudo dictado por la Junta Especial Número 26 de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Chihuahua.
La propuesta original retomaba una línea jurisprudencial construida desde hace años: la jubilación del personal del IMSS no sería una prestación separada de las pensiones legales de vejez o cesantía, sino que las integra, aumenta y complementa. Bajo esa lógica, los recursos de la subcuenta no serían de libre disposición, porque estarían vinculados al financiamiento de la pensión que ya recibe la persona jubilada. En palabras llanas: no puede haber doble beneficio con cargo al mismo sistema.
Esa posición tiene una lógica jurídica que no debe desestimarse. La Corte debe cuidar la coherencia del sistema de seguridad social y resolver conforme a derecho. La seguridad social no es una cuenta bancaria ordinaria; es un entramado solidario, legal y financiero que distribuye responsabilidades entre trabajador, patrón y Estado.
Pero también sería un error reducir la inconformidad de los jubilados a una simple pretensión patrimonial. Muchas personas no reclaman únicamente la entrega de una cantidad, sino una explicación verificable. Quieren saber cómo se aplicaron sus recursos, qué parte financió su pensión, qué ocurrió con las aportaciones tripartitas, si existe o no algún excedente y por qué un dinero que aparece en una cuenta individual termina siendo jurídicamente indisponible. Esa no es una pregunta menor. Es una pregunta de confianza.
Por eso resulta relevante que, durante la discusión del asunto, el proyecto no haya cerrado la deliberación de manera definitiva y que se haya señalado la necesidad de fortalecer el análisis en materia de claridad, información y transparencia. Ese gesto institucional abre una oportunidad para el reclamo de los trabajadores jubilados. La Corte no solo puede resolver un expediente; puede contribuir a que una materia técnica se vuelva comprensible para quienes viven sus consecuencias.
La razón jurídica evita que las decisiones se tomen por consigna; la sensibilidad social recuerda que detrás de cada expediente hay trayectorias laborales y vidas concretas. Un tribunal constitucional no debe complacer a una parte, sino resolver con independencia. Pero el Estado tampoco debe limitarse a ganar un argumento legal: debe hacer trazable el destino de los recursos públicos y sociales.
La movilización anunciada por organizaciones de jubilados del IMSS, con presencia en 31 entidades federativas, debe leerse en esa clave. No como una amenaza a la Corte, ni como una razón para anticipar el sentido de una sentencia, sino como un síntoma de una conversación pendiente. Cuando miles de personas sienten que no comprenden qué ocurrió con lo que identifican como suyo, el problema deja de ser jurídico y se convierte también en un problema de legitimidad pública.
La salida responsable no está en descalificar a los jubilados ni en desconocer la complejidad financiera del sistema. La salida está en construir una decisión robusta, transparente y pedagógica. Al final, este episodio deja una enseñanza mayor. Las sentencias pueden cerrar expedientes, pero no siempre cierran preguntas sociales. La confianza no se impone por mayoría de votos ni se agota en una cita jurisprudencial. Se construye cuando las instituciones explican, escuchan y reconocen que la legalidad necesita ser comprendida para convertirse en legitimidad.
La Suprema Corte tiene ante sí una oportunidad que va más allá del amparo directo 65/2025. Puede resolver conforme a derecho y enviar un mensaje de transparencia a quienes dedicaron su vida laboral al sistema de salud pública del país. Porque en seguridad social, tener razón jurídica importa; pero lograr que esa razón sea entendida también es parte de la justicia.