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  • 29 Jan 2024
  • 09:01
  • SPR Informa 6 min

Menstruación digna en México

Menstruación digna en México

Por Natalia Zapiain .

A inicios de año, se corrió la noticia de que en Nuevo León las mujeres ya tendríamos derecho a pedir incapacidad laboral por menstruación. En realidad, lo que se publicó en Nuevo León fue una reforma a la Ley del Servicio Civil que rige a las personas empleadas del Gobierno del Estado de Nuevo León, así como aquellas que son empleadas de administraciones municipales.

¿Qué quiere decir esto? Que la reforma del 05 de enero de la que tanto vimos hablar en los medios y las redes, no es aplicable a cualquier persona, sino que es para las personas que trabajan para el Gobierno.

¿Qué dice esta reforma[1]? Se adicionó el artículo 24 Bis 7 de la Ley del Servicio Civil del Estado, que ahora dice que las trabajadoras menstruantes a quienes se les diagnostique con endometriosis severa[2] o dismenorrea[3] primaria o secundaria en grado incapacitante, podrán ausentarse hasta dos días, sustituyéndolos (si es posible) por trabajo a distancia, mediante el uso de las tecnologías de información y de la comunicación.

¿Qué es lo que importa aclarar? Que esta Ley no aplica para todas las personas trabajadoras, sino únicamente para servidoras públicas. No por esto deja de ser un gran avance para la consolidación del derecho a la menstruación digna, e inclusive, ayuda a visibilizar el tema y alentar su discusión para que sea contemplado en la Ley Federal del Trabajo.

Las mujeres representamos el 51.4% de la población, y se estima que el 62% nos encontramos en edad menstruante; sin embargo, en nuestro país no se cuenta con suficientes políticas públicas o acciones específicas que consideren la gestión de la menstruación.

La menstruación genera efectos negativos para las mujeres en diferentes aspectos, en primer lugar, se encuentra el aspecto económico, ya que cada mujer gasta entre $250 a $300 al mes en insumos para la menstruación[4], cantidad que representa entre el 6% u 8% del ingreso mensual de una familia de escasos recursos, por lo que en muchas ocasiones llega a ser considerado un lujo tener acceso a dichos insumos.

También tiene impactos psicológicos que afectan en el ámbito escolar y laboral, ya que la menstruación suele tratarse como un tabú, así como venir acompañada de diversos estigmas. Desde pequeñas nos enseñan a tratar este tema como algo vergonzosos que debe ser oculto/secreto y eso genera que experimentemos la menstruación como algo negativo; además, la imagen estereotipada de una mujer irritable o desconcentrada cuando tiene la regla, se traduce también en un efecto negativo de la menstruación.

Ejemplos de acciones que pueden implementarse para garantizar el derecho a una menstruación digna son la reducción o eliminación de impuestos a los artículos menstruales, la mejora del acceso de niñas y mujeres a la información y los conocimientos relativos a la higiene menstrual, el apoyo al acceso a productos de calidad o la introducción de días de asueto cuando los dolores son incapacitantes.

El derecho a una menstruación digna es un factor decisivo para la realización de los derechos humanos de las niñas y las mujeres, por eso es importante ir en contra de los estigmas y los tabúes que hay alrededor del período. 

Al final de cuentas, la menstruación es algo natural de lo que no debería darnos vergüenza hablar y que, si es abordado desde leyes y políticas públicas efectivas, puede significar un paso sustancial en el camino hacia la igualdad entre hombres y mujeres.


 

[1] La ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León se puede consultar en el siguiente enlace: https://www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/leyes/ley_del_servicio_civil_del_estado_de_nuevo_leon/ 

[2] La endometriosis es una afección a menudo dolorosa en la cual un tejido similar al que recubre el interior del útero crece fuera de este. Con frecuencia afecta a los ovarios, las trompas de Falopio y el tejido que recubre la pelvis. 

[3] La dismenorrea es el dolor uterino en el momento de la menstruación. A menudo, es un dolor cólico o sordo constante, pero puede ser agudo o pulsátil; puede irradiarse a la espalda o las piernas. Las cefaleas, las náuseas, el estreñimiento o la diarrea, el dolor de espalda y la polaquiuria son comunes; los vómitos son ocasionales.

[4] Aproximación a la menstruación digna como derecho humano de la mujer: https://www.tfja.gob.mx/investigaciones/pdf/r_33-trabajo-7.pdf