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  • 11 May 2023
  • 12:05
  • SPR Informa 6 min

¿Gobierno del pueblo o gobierno de jueces?

¿Gobierno del pueblo o gobierno de jueces?

Por Rashid Pérez de la Peña

El Decreto.

¿Gobierno del pueblo o gobierno de jueces? ¿Decisión política o jurídica?

Esas son algunas de las preguntas que nos planteamos cientos de mexicanos después de conocer el fallo de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues el lunes 08 de mayo, en el pleno de la corte se invalidó la primera parte del “Plan B” en materia política electoral.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara inconstitucional la primera parte del plan b, argumentando violaciones graves al procedimiento legislativo; dejando sin efectos jurídicos aquel decreto publicado a finales del año 2022, donde se modificaría la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

La sentencia de las acciones de inconstitucionalidad, fueron interpuestas por los partidos del PAN, PRI, PRD, integrantes del congreso de la unión y MC.

Nueve ministros de 11, se adhieren al proyecto elaborado por el Ministro Alberto Pérez Dayán, mismo que ya se había filtrado en días pasados, de los ministros que votaron a favor fueron, la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández; Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena; González Alcántara Carrancá; Luis María Aguilar Morales; Margarita Ríos Farjat; Alberto Pérez Dayán; Arturo Zaldívar Lelo de Larrea; Jorge Mario Pardo Rebolledo y Javier Laynez Potisek; solamente las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf se pronunciaron en contra del proyecto.

¿Por qué los ministros consideraron que se violó gravemente el proceso legislativo?

El ponente del proyecto – Pérez Dayán – argumentó que los legisladores transgredieron los artículos 71 y 72 de la CPEUM y con ello:

  1. La falta de publicidad en la gaceta parlamentaria, ocasionando que los legisladores no tuvieron tiempo suficiente para leer la iniciativa. 
  2. No se apegaron a los criterios del art. 72 constitucional, correspondiente al proceso legislativo.
  3. No se acreditaron las condiciones para que la iniciativa fuera calificada como urgente y con ello dispensar los trámites legislativo. 

Otros argumentos fueron: 

En un parlamento todos los grupos parlamentarios deben debatir en condiciones de igualdad y libertad; lo que no sucedió, palabras del ministro Arturo Saldívar Lelo de Larrea, otro argumento fue el que no se respetaron las reglas del procedimiento legislativo, esto de acuerdo con el ministro Luis María Aguilar Morales principalmente.

Argumentos en contra del proyecto de Pérez Dayán, como el de Loretta Ortiz, fue que no hubo violaciones al debido proceso pues consideró que no se actualiza el supuesto, igualmente la ministra Yasmín Esquivel Mossa defendió su argumento aludiendo que se estaba buscando declarar inconstitucional el Decreto por la forma y no por su contenido, pues no se está haciendo el estudio y análisis de este, que es lo que realmente interesa y tema principal de la acción de inconstitucionalidad.

A lo anterior el secretario de gobernación Adán Augusto en su cuenta de twitter publicó, “El pueblo mexicano busca recuperar la confianza en sus instituciones, pero la SCJN decidió seguir protegiendo intereses particulares. Nueve ministros pasaron por encima de la voluntad democrática expresada por los representantes populares. No hay de otra: Plan C en las urnas.”

El presidente Andrés Manuel declaró, posteriormente a la decisión de la SCJN de dejar sin efectos la primera parte del “Plan B” que enviaría 3 reformas constitucionales, entre ellas, la reforma al poder judicial, para que el pueblo sea quien vote por sus jueces, magistrados y ministros, como fue en la época del presidente Benito Juárez. 

Lamentablemente estamos frente a un poder judicial timorato y conservador, cuyas resoluciones prevalecen los criterios políticos más que jurídicos, han dejado de lado la justicia y sí se han excedido en sus facultades constitucionales; es por ello se requiere impulsar el “Plan C” y que con ello los ministros y jueces, sean designados a través de mecanismos que no los vincule directamente a los poderes políticos y económicos; que los regrese a la rendición de cuentas frente a las, y los mexicanos.