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Aprueban Diputados reforma a la Ley Aduanera para reforzar el control fiscal

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Aduanera, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de control frente a posibles prácticas de subvaluación de mercancías, proteger el interés fiscal y ampliar las facultades de comprobación de las autoridades aduaneras, sin crear nuevas contribuciones.

En lo general, el dictamen fue avalado con 334 votos a favor, 119 en contra y cero abstenciones. En lo particular y en sus términos, obtuvo 338 votos a favor, 114 en contra y cero abstenciones. La reforma deriva de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el pasado 8 de septiembre. 

Uno de los principales cambios establece que, cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares determinado conforme a la Ley, las autoridades aduaneras iniciarán de oficio sus facultades de comprobación.

Cuando el valor declarado sea inferior en menos de 20% respecto al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, las personas interesadas podrán solicitar, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del inicio del procedimiento administrativo, la sustitución del embargo precautorio.

Para ello deberán presentar un depósito en efectivo o en las cuentas aduaneras de garantía por un monto equivalente a las contribuciones y cuotas compensatorias que se generarían por la diferencia entre el valor declarado y el valor de referencia.

La reforma también establece que, en el caso de hidrocarburos y petrolíferos, se aplicará una multa de entre 50 y 100% del valor comercial de las mercancías.

El régimen transitorio señala que las nuevas disposiciones sobre embargo precautorio serán aplicables a las mercancías y conforme a los procedimientos que determinen las autoridades aduaneras competentes. Para mercancías distintas a hidrocarburos y petrolíferos, dichas autoridades podrán establecer el porcentaje del valor declarado respecto al valor de transacción de mercancías idénticas o similares que deberá considerarse para proceder al embargo precautorio.

Durante la discusión en lo particular se presentaron propuestas de modificación a los artículos 144, 151, 153, 154, 177 y 185, así como a los transitorios primero y segundo. Las propuestas planteadas por diputadas y diputados de Morena, PAN, PT y PRI fueron retiradas o no admitidas a discusión y, por tanto, se desecharon.

El dictamen fue enviado a la Cámara de Senadores para continuar con el proceso legislativo correspondiente.