Con 94 votos a favor, 34 en contra y cero abstenciones, el Pleno del Senado aprobó, en lo general, el dictamen del proyecto de Decreto de la reforma al párrafo segundo del Artículo 19 Constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa.
Esta modificación contempla que los delitos de extorsión, de producción, distribución y comercialización del fentanilo y otras sustancias químicas y sus precursores, así como la compra, venta y generación de facturas falsas sean consideradas como delitos graves y que se les castigue con la prisión preventiva oficiosa.
La medida cautelar aplicará también en delitos graves “de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley’’.
La reforma se aprobó con los 87 votos de Morena y sus aliados y siete del Partido Acción Nacional (PAN), de Guadalupe Murguía, Miguel Márquez, Mauricio Vila, Juan Antonio Martín del Campo, Agustín Dorantes, Mario Vázquez y María de Jesús Díaz Marmolejo.
El Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días, a partir de la vigencia de la enmienda constitucional, para armonizar el marco jurídico de las leyes secundarias en las materias correspondientes, y las legislaturas de las entidades federativas dispondrán de un año para realizar las adecuaciones normativas necesarias.