Con 34 votos a favor, el Pleno del Congreso del Estado de Oaxaca aprobó el paquete de reformas que tipifican como delito la violencia vicaria y establecer sanciones con cárcel y económicas para quienes la perpetren.
La violencia vicaria se define "cualquier acto u omisión dirigido a causar perjuicio o daño a las mujeres, dirigido contra sus hijas e hijos, familiares o personas allegadas, incluso cuando no cohabiten en el mismo domicilio".
En una sesión extraordinaria realizada el pasado miércoles 6 de marzo, se aprobaron las modificaciones a la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, al Código Penal de Oaxaca, a la Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar, al Código Familiar para el Estado y a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca.
De acuerdo con estas reformas legales, se establece que quienes cometan este delito enfrentarán penas de tres a nueve años de prisión, además de sanciones económicas equivalentes de 100 a 500 días el valor de la unidad de medida y actualización, así como tratamiento psicológico especializado.
Cabe señalar que las penas podrán incrementarse en una mitad cuando se incurra en tráfico de influencias o corrupción de servidores públicos, se utilice el cargo público para ejercer la violencia o se provoque el suicidio de la mujer afectada.
Además, se contempla un aumento en las penas cuando las víctimas se encuentren en situación de discapacidad o vulnerabilidad, cuando se ejerza violencia física con consecuencias visibles, se suministren sustancias inmovilizantes o se afecte la salud o integridad física de las víctimas por descuido.
Estas reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, según lo estipulado en el decreto aprobado.