Fueron publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (CDMX) las reformas a la Ley de Turismo para regular las plataformas tecnológicas de servicios de alojamiento como Airbnb, las cuales tienen como principales objetivos evitar la gentrificación; brindar certeza jurídica a visitantes y vecinos; contribuir a que no crezcan inmoderadamente los precios de las rentas; y evitar la mercantilización masiva de inmuebles de uso habitacional para renta en plataformas tecnológicas, entre otros beneficios.
En la conferencia de prensa de este jueves 4 de abril, el jefe de Gobierno de la CDMX, Martí Batres, aseguró que, la iniciativa que presentó el 17 de noviembre ante el Congreso de la CDMX y aprobada el 21 de marzo, beneficia a los hoteleros, a los representantes de estas plataformas, a turistas y a usuarios; asimismo protege a las y los habitantes de la capital para que no sean expulsados de los barrios en los que habitan.
“Es un freno a procesos de gentrificación, expulsión, desplazamiento de vecinos que han hecho su vida en colonias como Condesa, Hipódromo, Cuauhtémoc, Hipódromo Condesa, Roma, Juárez y otras colonias donde quieren seguir viviendo y quieren evitar este proceso. Por supuesto que somos una ciudad abierta y somos abierta a los visitantes extranjeros, pero también queremos que haya armonía y equilibrios y que la gente mantenga su forma de vida, la forma de vida que ha construido y donde se ha sentido cómodo”, aseguró.
Durante la conferencia, el mandatario capitalino destacó 10 puntos de estas reformas:
“Uno, es que se establece una regulación legislativa de esta oferta, del uso de inmuebles a través de estas plataformas tecnológicas, es una regulación innovadora y va a ser punto de referencia para otras entidades federativas e incluso a nivel internacional”, mencionó.
En segundo lugar, Batres Guadarrama aseguró que las nuevas reformas dan certidumbre jurídica a los sectores interesados; en tercer lugar, dan seguridad y calidad a estos servicios; en cuarto, eliminan la competencia desleal contra la industria hotelera.
“¿Qué situaciones teníamos? Edificios enteros que operaban como hoteles y ofertaban sus servicios mediante plataformas tecnológicas sin cumplir con toda la normatividad aplicable a los hoteles. Imagínense para quien ha invertido en un hotel, que tiene que pagar compromisos fiscales y que tiene que realizar un conjunto de tareas de mantenimiento cotidianas para su industria, tener a unos pasos un edificio completo, como un hotel, donde puede haber hospedaje, pero no cumple con esas obligaciones. Entonces este es un punto importante para la industria hotelera y por lo tanto, para la economía de la ciudad”, explicó.
El jefe de Gobierno también aseguró que se evitará la mercantilización masiva de inmuebles habitacionales para renta en plataformas, con lo que se respeta la normatividad de uso de suelo habitacional de las colonias, en lugar del uso turístico, como en el caso de la Alcaldía Cuauhtémoc, que ha sido una de las más afectadas por este fenómeno.
También se establece que los vecinos tienen derecho a saber qué inmuebles son ocupados para hospedaje mediante plataformas digitales y un límite de tres inmuebles que puede ofertar una persona propietaria para este objetivo; el séptimo, añadió, es que contribuyen a que los precios de las rentas no suban de forma inmoderada, lo que protege los esquemas de renta a mediano y largo plazo en las colonias.
En octavo lugar, Martí Batres destacó, el sentido democrático de las modificaciones definidas mediante la consulta a vecinos, hoteleros, plataformas y sectores interesados; en noveno, que son referencia a nivel internacional; y el décimo es que ponen freno a la gentrificación y la expulsión de las personas que han habitado tradicionalmente las colonias.
El titular de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), Eduardo Clark, explicó que a partir de las reformas se crean los conceptos de estancia turística eventual, anfitriones, inmueble, además de la creación del Padrón de Anfitriones y el Padrón de Plataformas Tecnológicas.
Eduardo Clark detalló que los requisitos para el registro en el “Padrón de Anfitriones” son proporcionar nombre, identificación, RFC, constancia de situación fiscal, acreditar la propiedad o posesión del inmueble y llenar datos de contacto; además de los datos del inmueble: acreditar el pago de contribuciones, comprobante de domicilio, especificar de qué espacio se trata; carta en la que se indique que este cumple con las medidas de seguridad correspondientes; plataforma o plataformas en las que se oferta; seguro de responsabilidad civil y en caso de condominios, el acuse de notificación a la asamblea condominal referente a que se les hizo de conocimiento de que el inmueble se usará para alojamiento en plataformas tecnológicas.
El titular de la ADIP precisó que también se establece un número límite de tres inmuebles que podrán ser dados de alta sin costo; en el caso del cuarto inmueble y en adelante, el anfitrión tendrán que cumplir con lo dispuesto en la Ley de Establecimientos Mercantiles y, por tanto, contar con el uso de suelo correspondiente.
“Si una persona quiere registrar más de tres, quiere registrar cuatro, cinco, seis, a partir de ese inmueble tienen que cumplir con lo establecido en la Ley de Establecidos Mercantiles de la Ciudad de México, es decir, contar con uso de suelo, contar con un giro establecido permitido, de hotel, por ejemplo; pero para casas, habitaciones, cuarterías, etcétera, son máximo tres. La Secretaría de Turismo también podrá eliminar aquellos registros del cuarto inmueble en adelante, cuando no presenten los anfitriones aviso de funcionamiento válido dentro de lo marcado por la Ley de Establecimientos Mercantiles”, precisó.
El registro será 100% digital, por medio de la cuenta Llave, y una vez realizado, se podrá obtener la Constancia de Estancia Turística Eventual, que incluirá ubicación del inmueble y código QR para validar que está dado de alta.