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  • 01 Apr 2024
  • 23:04
  • SPR Informa 6 min

Se suma la CDMX al Registro Único de Animales de Compañía (RUAC)

En el marco de la publicación de la Ley de Protección Animal el miércoles 27 de marzo de 2024 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México por el que se reforman, derogan y adicionan disposiciones, para que los animales sean considerados “seres sintientes” en la Ciudad de México (CDMX), te explicamos cómo tramitar el Registro Único de Animales de Compañía (RUAC), un trámite gratuito que se podrá realizar a través de la plataforma tecnológica operada por la Agencia de Atención Animal (AGATAN), y que reconoce a los animales de compañía legalmente y los ayuda en caso de extravío, accidentes, maltrato, crueldad, así como campañas de vacunación.

El RUAC contendrá los datos de identificación del animal y de su tutor, a fin de que todas las autoridades puedan aplicar la legislación en materia de protección de datos personales. Este registro se realizará a partir de la adquisición o adopción de un animal de compañía o durante las campañas de vacunación antirrábicas, de desparasitación y de esterilización.

Mediante la plataforma se podrán registrar las personas y a sus animales de compañía, posteriormente se generará una clave única para cada animal de compañía y se podrán actualizar sus datos en caso de cambios de domicilio o llegada de otro animal de compañía. Con la información recopilada, la Agencia de Atención Animal (AGATAN) implementará campañas de esterilización, vacunación, desparasitación, entre otras.

El trámite es totalmente gratuito y sencillo, solo debes aportar la siguiente información:

  • Datos generales como nombre, sexo, edad, tiempo de vivir contigo y cómo llegó a tu casa.
  • Informar si vive de forma temporal o permanente en tu domicilio.
  • Aspectos como el tipo de raza, colores, patrón de pelaje, señas particulares y color de ojos, entre otros.
  • Cinco fotografías verticales en diferentes posiciones para tener un registro del aspecto del animalito.
  • Aspectos de salud como alguna enfermedad que tenga, si está esterilizado y su cartilla de vacunación.
  • Identificaciones que pueda tener como número de microchip, tatuaje o algún otro tipo de identificación con la que cuente.

 

Al terminar el registro del animal de compañía, la persona interesada obtendrá un documento electrónico y una clave, que de acuerdo con la reforma al artículo 30 Bis de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México, dicha clave deberá ser visible en el collar o pechera de la mascota.

La nueva Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la CDMX, publicada en la Gaceta Oficial, obedece a una visión más integral para la salud de los animales, la salud pública y el fortalecimiento de una tutoría más responsable que se especializa en la nutrición, el ambiente, la salud, el comportamiento y el estado mental de los animales.

La ley busca que las mascotas dejen de ser consideradas como animales domésticos para pasar a ser animales de compañía, y los dueños serán considerados tutores responsables.

También elimina el sacrificio para dar paso a la eutanasia, que se aplicará cuando el animal tenga lesiones que no puedan ser atendidas y le provoquen dolor o sufrimiento; cuando tenga enfermedades graves e incurables, o por problemas conductuales que pongan su vida o la de otros en peligro, todas ellas conforme al diagnóstico de un médico veterinario zootecnista con certificación comprobable en etología. La eutanasia se administrará a través de agentes químicos que induzcan pérdida de la conciencia, seguida de paro cardiorrespiratorio, sin producir dolor o ansiedad y estará prohibida en animales sanos.

En caso de maltrato animal, la persona infractora se hará acreedora a una multa de hasta 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente o arresto administrativo de 6 a 12 horas, dependiendo de la alcaldía en que se cometa el delito, y la autoridad responsable podrá asegurar al animal de compañía y canalizarlo a algún centro de Control Animal.

La ley señala que son considerados actos de crueldad y maltrato abandonar a los animales en vía pública o mantenerlos en situación de abandono en bienes muebles o inmuebles públicos o privados o áreas comunes; dar muerte a animales sanos en establecimientos públicos o privados, sin causa o motivo legalmente justificado e incluye la obligación de realizar jornadas de convivencia con animales de apoyo, como medida de sensibilización, medidas que, de no ser respetadas, también serán castigadas. 

En un recorrido perruno con vecinos de la Alcaldía Miguel Hidalgo llevado a cabo el 30 de marzo, el jefe de Gobierno, Martí Batres, explicó que la nueva ley contempla las obligaciones de los dueños para con los animales de compañía, los mecanismos para atender a los extraviados y para asegurar que los animales, llamados “comunitarios”, encuentren un hogar que ejerza sobre ellos una tutela responsable; también detalla cómo y a dónde se debe acudir para registrar, pedir atención veterinaria o denunciar cuando un animal esté sufriendo; y regula el trato a especies animales no domésticas o silvestres.

En el mismo evento, el director general de la Agencia de Atención Animal (AGATAN), Carlos Fernando Esquivel Lacroix, señaló que el Gobierno de la Ciudad de México ha establecido estrategias para fomentar la interacción humano-animal y recalcó la importancia del RUAC. 

“Este registro va a ser o es ya recibido en el Hospital Veterinario de la Ciudad de México, que también dirige la Agencia de Atención Animal, y va a ser aceptado por toda la iniciativa privada, tanto por la Asociación Mexicana de Clínicas y Hospitales Veterinarios que ofertan un servicio privado, con esto ustedes van a recibir un apapacho, pero también con toda la Coparmex y todos los establecimientos afiliados estamos por cerrar ya un convenio”, subrayó.

La nueva legislación adiciona el concepto “Paseador de perros”, persona física o moral que se encarga de proporcionar a uno o más perros, recorridos con fines de esparcimiento y que es contratado por la persona tutora a cambio de una remuneración económica por lo que, detalló, se elabora un padrón oficial en el que, hasta el momento, se han registrado 53 personas que recibirán capacitación de comités multidisciplinarios de expertos en etología clínica, entrenamiento, medicina veterinaria y biología, posterior a lo cual se les brindará una credencial que los acreditará como paseadores autorizados.

Dicha ley, también contempla el manejo de las heces de los animales de compañía para su correcta disposición en favor del medio ambiente. 

“La credencial trae un Código QR protegido por un sistema de protección de datos personales en donde el portador puede ser verificado. (...) Vamos a utilizar los materiales que están aceptados, certificados, avalados por la Secretaría del Medio Ambiente y en las páginas oficiales de la Agencia hay un manual donde ustedes podrán conocer todas las alternativas para disponer adecuadamente de las heces, evitar la contaminación ambiental hasta llegar a niveles tecnológicos que nos permiten elaborar composta o biogás para generar energía eléctrica o bien restituirla a nuestras maravillosas áreas verdes”, puntualizó.

Esquivel Lacroix detalló que la SEDEMA contribuirá, a través de la AGATAN, en la coordinación, creación y operación del registro de prestadores de servicios, establecimientos mercantiles y escuelas de adiestramiento, en coordinación de las alcaldías; así como en emitir los criterios y lineamientos para el paseo de perros. Además de elaborar lineamientos para proporcionar tratamiento etológico a los animales alojados en las zonas de resguardo temporal de las demarcaciones.

La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) podrá realizar operativos en escuelas de adiestramiento y pensiones para animales y así verificar el cumplimiento de la ley.

En tanto, las Alcaldías deberán implementar un registro de refugios y autorizar su funcionamiento, en cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y su reglamento y deberán realizar recorridos en su demarcación para rescatar animales abandonados en la vía pública o en situación de calle y llevarlos a las zonas de resguardo temporal a su cargo.