El Congreso de la Ciudad de México (CDMX) aprobó con 45 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, la “Ley Paola Buenrostro” que tipifica los transfeminicidios e impone penas de 35 a 70 años de prisión a quienes cometan este delito.
La mañana de este 18 de julio, a nombre de las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y la de Administración y Procuración de Justicia, la diputada Ana Francis Mor presentó ante el pleno capitalino el dictamen que modifica el Código Penal, la Ley de Víctimas, el Código Civil y la Ley Orgánica de la Fiscalía de la CDMX, en beneficio de las mujeres trans, la población más vulnerable de la comunidad LGBTTTIQA ( Lésbica, Gay, Bisexual, Travesti, Transgénero, Transexual, Intersexual, Queer y Asexual).
La legisladora Ana Francis definió el transfeminicidio “como el asesinato de mujeres transgénero debido a su expresión de género”.
Con la aprobación de la “Ley Paola Buenrostro” la capital del país da un paso significativo en beneficio de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQA, especialmente para la población trans, que de acuerdo con el informe anual sobre crímenes de odio contra la comunidad arcoiris de la organización “Letra S”, en 2023 el 65% de los homicidios contra la diversidad sexual fueron perpetrados contra mujeres trans.
De acuerdo con el dictamen aprobado, se agregó el Artículo 148 del Código Penal capitalino para definir el delito de transfeminicidio como aquel que se comete por razón de identidad de género o expresión de género. Específicamente, se considera transfeminicidio cuando se priva de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro del género femenino.
Dicho dictamen también reforma la Ley Orgánica de la Fiscalía local para incluir conceptos como identidad de género y expresión de género. Además, se modificó el Código Civil para garantizar que en los trámites de las actas de defunción se reconozca la identidad autopercibida de las víctimas y que la familia social pueda llevar a cabo dichos trámites para recibir los restos mortales.
La CDMX se convierte en la segunda entidad en el país en tipificar el delito de transfeminicidio, sólo después de Nayarit quien sanciona dicho delito con 60 años de prisión, tras adicionar la fracción XV al artículo 361 Bis del Código Penal de ese estado, aprobado por unanimidad el pasado 29 de febrero del 2024.
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