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  • 29 May 2025
  • 19:05
  • SPR Informa 6 min

Prohíbe INE distribución de "acordeones" o "guías" para elección judicial

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad un acuerdo que prohíbe la distribución de "acordeones" o guías de votación impresas para la próxima elección judicial, al considerar que esta práctica puede representar una forma de coacción e inducción del voto, vulnerando así los principios de equidad y libertad del proceso electoral.

Durante la sesión, la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, advirtió que esta clase de acciones violan la veda electoral y llamó a la ciudadanía a denunciar cualquier conducta ilegal relacionada. Informó además que el Instituto ha recibido hasta el momento 101 escritos de deslinde por parte de candidaturas aludidas en estos materiales impresos.

La medida surge tras la recepción de dos quejas ciudadanas en las que se alertó al INE sobre el reparto masivo de estos acordeones, los cuales incluyen números que identifican candidaturas a cargos del Poder Judicial de la Federación. El uso de estos materiales generó preocupación entre las autoridades electorales por su potencial para manipular la intención de voto.

No obstante, el Instituto aclaró que sí está permitido que las y los ciudadanos acudan a votar con anotaciones personales, siempre que estas sean de uso privado y no producto de campañas de propaganda.

“La ciudadanía puede consultar, puede hacer sus anotaciones por sí misma, pero no con estrategias de este tipo que buscan cooptar una decisión”, señaló la consejera Beatriz Claudia Zavala Pérez. Además, enfatizó que el voto debe ser libre, informado y secreto, y que el INE garantiza estas condiciones para todas las personas votantes.

El consejero Arturo Castillo también puntualizó los límites legales en torno a estas guías de votación:

“¿Qué sí se puede? Cada persona puede llevar su guía personal para utilizarla en secreto. ¿Qué no se puede? Usar estos materiales con fines de propaganda o coacción. ¿Por qué no se puede? Porque podrían representar aportaciones ilícitas a candidaturas o violaciones directas a la ley electoral”, explicó.

Castillo subrayó que si los acordeones fueron elaborados por terceros distintos a las candidaturas, podrían implicar una aportación en especie, lo cual está expresamente prohibido por el artículo 96 de la Constitución. Asimismo, recordó que los partidos políticos y servidores públicos tienen prohibido hacer proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de cualquier candidatura judicial, conforme al artículo 506 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Las autoridades electorales hicieron un llamado a ejercer el voto con responsabilidad y libertad este 1 de junio, destacando que lo que está en juego son decisiones que afectarán derechos, libertades, patrimonio y vida cotidiana de la ciudadanía.