La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió este 14 de julio que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, no incurrió en actos anticipados de precampaña y campaña al “destapar corcholatas” como acusaba la denuncia enviada por el Partido Acción Nacional (PAN).
La denuncia formal presentada por el PAN ante el TEPJF acusaba al presidente López Obrador de realizar actos anticipados de precampaña y campaña por mencionar los nombres de su posible relevó rumbo a las elecciones de 2024, esto durante la conferencia matutina presidencial del 29 de abril y del 1 de mayo.
López Obrador también fue denunciado por un acto público que mantuvo con un grupo de legisladores en Palacio Nacional el pasado 28 de abril, donde el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López, fue llamado ¡Presidente! por los legisladores que se encontraban en el recinto.
La sesión de la Sala Especializada del TEPJF del pasado jueves 14 de julio, determinó que el Ejecutivo Federal no infringe la próxima contienda federal, ya que ninguno de los magistrados presentes encontró razón o prueba que aseverará que López Obrador llamó al voto o se pronunció a favor de uno de los mencionados o por un partido político, añadiendo que el proceso federal electoral aún no inicia.
“Se declara la inexistencia de las infracciones”, concluyó el Pleno conformado por los magistrados Rubén Lara Patrón, Luis Espíndola Morales y Gabriela Villafuente Coello.
Sin embargo, esta resolución aún puede ser impugnada ante la Sala Superior del TEPJF.