La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 6 de noviembre de 2020, mediante el cual se reformaron diversas disposiciones que condujeron a la extinción de 109 fondos y fideicomisos públicos, al concluir que la medida no invadió las competencias de las entidades federativas ni vulneró el pacto federal.
Por unanimidad, el Pleno aprobó ocho proyectos presentados por el ministro Arístides Guerrero García y declaró infundadas las controversias constitucionales promovidas por los entonces gobernadores de Jalisco, Chihuahua, Nuevo León, Guanajuato, Tamaulipas, Aguascalientes, Coahuila y Michoacán. Entre los instrumentos extinguidos se encontraban el Fondo de Desastres Naturales (Fonden) y el Fondo Metropolitano.
La Corte determinó que los fideicomisos y fondos son mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo Federal, por lo que su eliminación o la modificación en la forma de canalizar los recursos no impide que los estados sigan ejerciendo plenamente sus atribuciones en materias concurrentes como protección civil, atención a víctimas, medio ambiente, ciencia y tecnología, así como protección de periodistas y personas defensoras de derechos humanos.
En su análisis, el Pleno sostuvo que el Congreso de la Unión únicamente redefinió la forma de colaboración federal en dichas materias, sin transgredir los principios de federalismo y división de poderes ni la autonomía financiera de las entidades. El ministro ponente señaló que las demandas presentaron argumentos genéricos sobre las bondades de los fideicomisos, pero no acreditaron afectaciones a atribuciones constitucionales de los estados.
Aunque la Corte no se pronunció sobre la constitucionalidad individual de cada fideicomiso, sí concluyó que la decisión legislativa fue válida. Guerrero García también criticó que los asuntos permanecieran archivados por más de cuatro años, pese a que su trámite inició en 2021.
Durante la sesión, la ministra Lenia Batres Guadarrama afirmó que el esquema de fideicomisos permitió manejos discrecionales y poco transparentes de recursos públicos, en posible contravención del artículo 134 constitucional. Añadió que la Auditoría Superior de la Federación documentó deficiencias como falta de rendición de cuentas, confidencialidad excesiva, ineficiencia, irregularidades, desvíos y distribución inequitativa de recursos.
La desaparición de los fideicomisos, impulsada por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, permitió al gobierno federal disponer de más de 68 mil millones de pesos. Con esta resolución, la SCJN dio por cerrado el debate constitucional sobre la extinción de estos instrumentos financieros.