El Senado de la República aprobó por unanimidad, con 123 votos a favor, el proyecto con minuta de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto y se adiciona un párrafo quinto al artículo 28 de la Constitución Política, en materia de vías de transporte ferroviario.
Esta reforma constitucional declara al sistema ferroviario como un área prioritaria para el desarrollo de México. La modificación del artículo 28 de la Constitución busca impulsar el transporte de pasajeros por tren, una medida clave para mejorar la movilidad y fomentar un modelo de desarrollo más equitativo y sustentable en el país.
Este proyecto es una de las reformas impulsadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, el cual refuerza el control estatal sobre sectores estratégicos como el transporte ferroviario.
Por su parte, la presidenta Claudia Sheinbaum ha respaldado esta iniciativa como parte de su plan nacional, que contempla la creación de nuevas rutas ferroviarias aprovechando los 18 mil kilómetros de vías férreas existentes.
Durante la Mañanera del Pueblo del pasado 9 de octubre, Andrés Lajous, director de la Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario, detalló que si bien 1908 se creó Ferrocarriles Nacionales de México, fue en 1937 cuando el general Lázaro Cárdenas nacionalizó la empresa, es decir, que la mayor parte del siglo XX operó una empresa pública estatal los servicios de pasajeros y de carga en las vías ferroviarias. Fue en 1995 cuando se hizo una reforma con la que inició el proceso de privatización y desaparición de trenes de pasajeros, lo que permitió el predominio de trenes de carga.
Fue en 2018 cuando inició la recuperación de los trenes de pasajeros con el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, ejemplo de ello son los servicios del Tren Maya, Tren del Istmo de Tehuantepec y el Tren “El Insurgente”. Posteriormente, en 2023, se declaró área prioritaria el transporte ferroviario de pasajeros. Con ello, el 7.55 por ciento del total de las vías en operación se utilizan para e servicio de transporte de pasajeros.
Con la reforma constitucional se recupera para el estado, es decir, que los 18 mil kilómetros de las vías de pasajeros puedan ser utilizadas por entidades públicas. La modificación que se aprobó a la Constitución política es la siguiente:
“La comunicación vía satélite y los ferrocarriles, tanto para transporte de pasajeros como de carga, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en términos del Artículo 25. El estado al ejercer en ella su rectoría protegerá su seguridad y soberanía de la nación y al otorgar asignaciones, concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.