La ‘Ley 3 de 3’, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 29 de mayo, con ello se oficializa el Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público en caso de:
Además, en el DOF también se reforma el párrafo segundo del Apartado A del Artículo 102 donde se establece que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República (FGR) se requiere:
En caso de no cumplir con estos requisitos, las personas no podrán ser registradas como candidatas a cualquier cargo de elección popular, ni obtener cargos en el servicio público.
Cabe destacar que la ‘Ley 3 de 3’ entró en vigor a partir del 30 de mayo y fue aprobada por el pleno del Senado de la República el pasado 28 de abril del presente año, luego de haber sido aprobada por la Cámara de Diputados casi un mes antes.
Con su publicación en el DOF, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las Entidades Federativas deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al mismo en los próximos 180 días siguientes.
En el caso de la Ciudad de México, fue el congreso capitalino quien ya aprobó este dictamen y será hasta las elecciones de 2024 cuando se haga efectiva su entrada en vigor en la entidad.