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  • 04 Jan 2023
  • 10:01
  • SPR Informa 6 min

La nueva presidenta de la Suprema Corte, una ministra ambientalista

La nueva presidenta de la Suprema Corte, una ministra ambientalista

Por Yeshu Hernández Barrera

El año comenzó con nuevos y grandes cambios, el 2 de enero de 2023 los ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Suprema Corte) eligieron a la ministra Norma Lucía Piña Hernández como su nueva presidenta.[i]

Después de una cerrada votación, en la que el ministro Ortiz Mena obtuvo cinco votos a favor y la ministra Piña Hernández seis, esta última comenzó su mandato como la primera ministra presidenta de la Suprema Corte. Sin embargo, además de romper techos de cristal, entre hombres y mujeres ¿qué significa esta elección para el medio ambiente?

La ministra ambientalista.

La ministra Norma Lucía Piña Hernández comenzó su mandato el 10 de diciembre de 2015, sin embargo, comenzó a destacar entre los ministros por sus proyectos a favor del medio ambiente. En 2018, Piña Hernández presentó el proyecto de sentencia del amparo en revisión 307/2016, mejor conocido como sentencia de la Laguna del Carpintero.[ii] 

En este asunto, el Ayuntamiento de Tampico, Tamaulipas, aprobó el proyecto denominado "Parque Temático Ecológico Centenario", para cuya construcción se afectaron aproximadamente 16 hectáreas de manglares colindantes al humedal de la Laguna del Carpintero. Además de la aprobación del cabildo municipal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Estado de Tamaulipas otorgó una autorización en materia de impacto ambiental para el proyecto. Dos mujeres residentes de la ciudad de Tampico, Tamaulipas, interpusieron una demanda de amparo en la cual reclamaron una violación a su derecho a un medio ambiente sano, como consecuencia del daño a los manglares causado durante la construcción del Parque Temático Ecológico Centenario.[iii]

En un inicio el juicio no prospero (fue sobreseído), pero las ciudadanas promovieron un amparo en revisión que llegó a la Suprema Corte, en la que la ministra fue la encargada de elaborar el proyecto de sentencia. 

En la sentencia la ministra resolvió, entre otras cosas: 1) que las mujeres gozaban de una legitimación activa amplia para defender el derecho al medio ambiente sano. En otras palabras, la ministra amplió la brecha para que los ciudadanos comunes y corrientes puedan defender el derecho al medio ambiente sano, ante los tribunales; 2) que el medio ambiente debe ser protegido desde su dimensión objetiva y subjetiva, esto quiere decir, que se debe respetar al medio ambiente porque gracias a este podemos cumplir otros derechos como a la salud, vivienda, agua y nos es útil; además, porque “atiende a la defensa y restauración de la naturaleza y sus recursos con independencia de sus repercusiones en el ser humano”;[iv]

3) desarrolló principios ambientales, como el principio pro natura, es decir, que ante la incertidumbre de una acción que pueda tener daños irreversibles al medio ambiente, o cuando haya certeza de que una acción tenga dichas repercusiones debe prevalecer la protección del medio ambiente (principios de precaución y prevención, respectivamente).

Al final esta sentencia ordenó a las autoridades abstenerse “de ejecutar los actos reclamados consistentes en el desarrollo del Proyecto denominado “Parque Temático Ecológico Laguna del Carpintero”, así como implementar acciones para la recuperación del ecosistema y de los servicios ambientales, entre otras acciones.[v]

Otro de los proyectos más conocidos de la ministra Piña a favor del medio ambiente es la controversia constitucional 218/2018, conocido como (Holbox) en la que en noviembre de 2018 el Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Quintana Roo, presentó dicha acción en contra de autoridades federales incluyendo a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional de Área Naturales Protegidas, reclamando la emisión del Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Yum Balam (Programa de Manejo) al considerar que invadía la competencia exclusiva de los municipios para aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, así como elaborar y aplicar programas de ordenamiento ecológico, con base en lo dispuesto por los incisos a), d), f) y g) de la fracción V del artículo 115 de la Constitución Federal. La Primera Sala de la Suprema Corte resolvió el caso, declarando la validez del Programa de Manejo.

En este caso, la ministra Piña planteó y reafirmó en la sentencia nuevos principios a favor del medio ambiente, por ejemplo: 1) reiteró y desarrolló el principio de precaución y prevención del medio ambiente; 2) el principio de progresividad y no regresión de los derechos humanos; 3) de equidad intergeneracional que consiste en que las generaciones del más viejas no agoten ni comprometan los recursos y medio ambiente de las generaciones presentes y futuras, garantizando que estas últimas puedan gozar de los mismos recursos y de las condiciones climatológicas para vivir dignamente. Además, plantea que ante la emergencia planetaria ambiental “es urgente que las generaciones del presente planteen un cambio radical en la protección medioambiental, pues de seguirse la trayectoria actual en los patrones de consumo y de economía será imposible cumplir con los Objetivos de Desarrollo Sostenible que se ha fijado la comunidad internacional como Agenda para el 2030, y consecuentemente, será imposible también dar cumplimiento al principio de equidad intergeneracional.”[vi]

Por su parte, en la acción de inconstitucionalidad 64/2021, sobre el decreto de reformas a la Ley de la Industria Eléctrica de 9 de marzo de 2021, resuelto por el pleno de la Suprema Corte, la ministra Piña emitió un voto particular en el que enfatizó que es necesario la protección del medio ambiente y que las acciones que tomen las autoridades deben tender a cumplir con el Acuerdo de París. Es decir, a mantener la temperatura del planeta por debajo de los 2ºC. 

Estos son algunos de los precedentes más importantes de la ministra Piña Hernández, por lo que esperamos que como presidenta del máximo tribunal del país refuerce su compromiso para garantizar el derecho al medio ambiente sano de las personas que habitan en México, y constriña a las autoridades a cumplir con sus obligaciones.

 

 

 


 

[i] SCJN elige a nuevo ministro presidente, 2 de enero de 2023. https://www.youtube.com/watch?v=_eeB3FWZqcY 

[ii] Mismo que fue aprobado por la Primera Sala de la Suprema Corte.

[iii] SCJN. Cuadernos de Jurisprudencia, Contenido y alcance del derecho humano a un medio ambiente sano, Segunda Edición, marzo de 2022, p. 137. 

[iv] SCJN. Amparo en revisión 307/2016, párrafo 76.

[v] Ibidem., párrafo 272.

[vi] SCJN. Controversia Constitucional 212/2018, párrafo 152.