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  • 22 Nov 2022
  • 18:11
  • SPR Informa 6 min

COP 27: Estados acuerdan aprobar el fondo de “pérdidas y daños” para los países más afectados por el cambio climático

COP 27: Estados acuerdan aprobar el fondo de “pérdidas y daños” para los países más afectados por el cambio climático

Por Yeshu Hernández Barrera

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP27) celebrada en la ciudad de Sharm El-Sheikh, Egipto, llegó a su fin el pasado 20 de noviembre de 2022. Entre las principales decisiones y puntos de acuerdo los Estados miembros de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) decidieron elaborar un fondo especial para enfrentar las “pérdidas y daños” provocados por el cambio climático.[i]

Dicha convención junto con el Acuerdo de París, establecen que los países de todo el mundo tienen responsabilidades comunes, pero también diferenciadas para reducir los gases de efecto invernadero (GEI) que amenazan nuestra existencia y la de millones de seres vivos en nuestro planeta. Lo anterior, toda vez que los países y regiones económicas del Norte Global (Estados Unidos, Europa, Australia, entre otros) se han desarrollado, provocado la crisis climática, mientras que los países del Sur Global (países en desarrollo o vías de desarrollo) han sido históricamente excluíos de los beneficios de los desarrollos científicos, sumado a que hoy en día son los más vulnerables a los desastres naturales provocados y exacerbados por el calentamiento global. Es decir, se trata de una relación completamente injusta.

Por ello, analizaremos la decisión adoptada en la COP 27, sobre la creación de un mecanismo de financiamiento de “pérdidas y daños” (I); y posteriormente, exploraremos algunos de los principales retos para la aplicación efectiva de este fondo (II).

  1. Una decisión histórica 

 

Como se mencionó, en la clausura de la COP 27 los participantes aprobaron la creación de un fondo para el financiamiento por "pérdidas y daños" a los países vulnerables y afectados por los desastres climáticos.

Los Estados partes, señalaron que “la adaptación a la crisis climática -podría requerir desde la construcción de diques hasta la creación de cultivos resistentes a la sequía”,[ii] entre muchas otras medidas, las cuáles llegarían a costar a los países en desarrollo entre 160.000 y 340.000 millones de dólares anuales de aquí a 2030. No obstante, esta cifra podría aumentar hasta 565.000 millones de dólares en 2050.[iii]

En este sentido, los Estados indicaron que el fondo tendrá contribuciones de las naciones por encima de los 230 millones de dólares para compensar las “pérdidas y daños” que han sufrido y sufrirán por el cambio climático los países en desarrollo o vías de desarrollo. Así, por ejemplo, México, la República de Vanuatu y Singapur podrán reubicar asentamientos de personas que se encuentran en peligro de desplazamiento forzado por inundaciones provocadas por la erosión costera o el aumento del nivel del mar.

Además, el Secretario General de las naciones unidas, anunció un plan de 3.100 millones de dólares para garantizar la protección de todos los habitantes del planeta mediante sistemas de alerta temprana en los próximos cinco años.[iv]

2. Retos para la aplicación del fondo

En primer término, uno de los retos a los que se enfrenta la aplicación efectiva del fondo es la aportación de presupuesto de las naciones desarrolladas. Es importante mencionar que desde hace varios años la economía mundial se encuentra en una época de recesión económica que ha aumentado con la pandemia de la Covid-19 y hoy en día por la Guerra entre Ucrania y Rusia, entre otras causas. 

En segundo término, otro reto es que la mayoría de los países no cuentan con planes nacionales de adaptación necesarios para facilitar el acceso al fondo. Hoy en día, sólo 40 Estados de 200 han registrado dichos planes ante las naciones unidas y por lo menos 17 de ellos fueron emitidos entre 2015 y 2019, es decir, no son actuales.[v] En el caso de México, se encuentra entre los Estados que aún no tiene un plan o política nacional de adaptación, aunque debería haberlo elaborado desde 2018, conforme a la Ley General de Cambio Climático (art. 27).  En otras palabras, esta omisión podría dificultar el acceso a los recursos del fondo de “pérdidas y daños” para estos dichos países.

En tercer lugar, aún no se sabe con exactitud quiénes pueden acceder o cómo acceder a los recursos del fondo de “pérdidas y daños”, sin embargo, la experiencia señala que en materia de cambio climático depende de los países y de las autoridades para obtener los recursos. Lo cual, impone barreras a los afectados y personas que han sufrido los efectos adversos del cambio climático, ya que en caso de que los Estados omitan activar o solicitar recursos, las comunidades no podrán acceder a este financiamiento quedando a merced de las catástrofes naturales y teniendo un fondo inutilizable. Es por ello, que debería haber por lo menos dos formas de acceder al fondo: a) un mecanismo de petición estatal y ; b) un mecanismo de petición directa para que los afectados puedan actuar sin intermediarios estatales. 


 

[i] COP27 ends with announcement of historic loss and damage fund, 20 de noviembre de 2022. Disponible en: https://cutt.ly/IM2LECx 

[ii] Ídem.

[iii] Ídem.

[iv] COP27 Reaches Breakthrough Agreement on New “Loss and Damage” Fund for Vulnerable Countries, 20 de noviembre de 2022.

[v] CMNUCC. NATIONAL ADAPTATION PLANS. Disponible en : https://cutt.ly/MM20bSZ