Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto constitucional en materia de protección a la salud por el que se sanciona toda actividad relacionada con los cigarrillos electrónicos y vapeadores, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas ilegales.
Fue el 13 de febrero de 2024 cuando la entonces titular de la Secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde, en el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador, informó sobre las reformas constitucionales en materia de salud, la cuales, a su vez, se incluían en un paquete de otras 20 reformas.
La exsecretaria de Gobernación explicó que la reforma a los Articulo 4° y 5° de la Constitución tiene como objetivo "prohibir la industria, comercio, trabajo o cualquier otra actividad relacionada a la producción, distribución y enajenación ilícita de cigarrillos electrónicos y otras sustancias", esto luego de que la Comisión Federal para la Protección y Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), ubicara, mediante una cromatografía, "más de 30 sustancias tóxicas, de las cuales tan solo 3 eran reportadas en la etiqueta" de los vapeadores.