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  • 07 Feb 2024
  • 22:02
  • SPR Informa 6 min

Resuelve el TEPJF que no se investigará el presunto desvío de recursos de Notimex a favor de Claudia Sheinbaum y que Denise Dresser no violentó a Andrea Chávez

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que no hay evidencia sobre el presunto desvío de recursos de la Agencia de Noticias del Estado (Notimex) en favor de la precampaña de candidata presidencial Claudia Sheinbaum, como lo había denunciado públicamente la periodista y exdirectora de Notimex Sanjuana Martínez.

Asimismo, revocó la existencia de violencia política en razón de género atribuida a la periodista Denise Dresser, el Tribunal argumentó que los comentarios fueron una "crítica" la cual no estuvo dirigida a "una mujer por ser mujer", y que fue sobre "un tema de interés general".

En contraparte, el Tribunal confirmó la existencia de violencia política en razón de género atribuida a la diputada federal María Teresa Castell; y ratificó las sanciones impuestas al Partido Revolucionario Institucional y al Partido Acción Nacional por los informes de ingresos y egresos realizados durante el proceso interno del “Frente Amplio por México”.

Sobre el primer punto, el TEPJF confirmó que no hay evidencias de desvío de recursos de Notimex hacia la precampaña de la candidata por la coalición “Seguimos Haciendo Historia”, Claudia Sheinbaum. Tampoco se comprobó la participación de las Secretarías del Trabajo y Previsión Social y de Gobernación, como lo había denunciado públicamente la periodista Sanjuana Martínez.

En cuanto a la existencia de violencia política en razón de género atribuida a Denisse Dresser, en relación a comentarios que involucran a la diputada federal Andrea Chávez Treviño, en noviembre del 2023 la Sala Especializada del TEPJF emitió una resolución en la que determinó la existencia de violencia política de género, e impuso a la periodista y politóloga una multa y le solicitó una disculpa pública.

Esta sentencia fue apelada por Denisse Dreser y este 7 de febrero, por unanimidad de votos, la Sala Superior revocó la sentencia de la Sala Especializada y determinó que las manifestaciones de la periodista “no se tradujeron en la reproducción de estereotipos de género que anularan el reconocimiento o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres”.

De igual forma, el Tribunal determinó, por unanimidad de votos, la existencia de violencia política de género atribuida a la diputada federal María Teresa Castell “con motivo de diversas manifestaciones y publicaciones en redes sociales que negaron la identidad como mujer trans de la diputada Salma Luévano Luna”, dado que las expresiones de la diputada negaron la identidad de género de las legisladoras trans.

Finalmente, respecto a las sanciones impuestas al PRI y al PAN con motivo de la revisión de los informes de ingresos y egresos de los actos, actividades y propaganda realizados en el proceso interno de selección de la persona responsable de encabezar el “Frente Amplio por México”, el TEPJF determinó, por unanimidad de votos, le dio la razón al Instituto Nacional Electoral (INE), instancia que detectó las irregularidades.

Cabe señalar que la controversia se originó porque los diputados Jorge Luis Preciado Rodríguez y Gabriel Ricardo Quadri, participantes de ese proceso de selección, no presentaron sus informes de ingresos y de egresos.