El Juzgado Tercero de Distrito de Yucatán ordenó al Sistema Nacional de Salud de México dejar de considerar la asexualidad como una enfermedad psiquiátrica. Esta sentencia es única en Latinoamérica y obliga a las dependencias de salud a adecuar sus normativas y a realizar programas de capacitación.
Este fallo judicial ocurre ante una demanda de amparo presentada en Yucatán por cinco personas asexuales en 2020.
Ellos denunciaron que los protocolos médicos de diversas dependencias médicas atienden la ausencia de atracción sexual como un cambio inducido en el comportamiento; sin considerar que en el caso de las personas asexuales es una orientación, no un síntoma.
Esta política de salud se ve reflejada en un dato recabado por los denunciantes a partir de datos oficiales: 317 personas fueron canalizadas a servicios psiquiátricos, para “curar” su carente deseo sexual.
El Colectivo por la Protección de Todas las Familias (PTF) y el Grupo de información en Reproducción Elegida acompañaron esta demanda de amparo que terminó en sentencia este 28 de noviembre de 2023.
El juez federal ordenó al Sistema Nacional de Salud adecuar sus protocolos para evitar actos de discriminación; capacitando a su personal para diferenciar la orientación asexual de la falta de deseo sexual derivado de padecimientos mentales o enfermedades fisiológicas.
Con esto se reconoce el derecho de las personas a no ser discriminadas al no seguir la idea impuesta de que las relaciones sexuales son “obligatorias” para todas las personas.