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Aprueba Senado reforma en materia de protección a la propiedad industrial

El Senado de la República aprobó, en lo general y en lo particular, el proyecto de dictamen por el que se busca reformar el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

 

 

Con 72 votos a favor y 34 en contra, el Pleno del Senado aprobó en lo general y lo particular las reformas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal, las cuales tienen el objetivo de incrementar las sanciones contra la piratería y regular el uso de la identidad gráfica institucional para evitar fraudes y extorciones.

La reforma establece de uno a cinco años de prisión y multas de hasta 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para determinados usos, a escala comercial, de la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales, cuando tengan como finalidad inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito.

 

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Esta reforma también contempla sanciones contra la reproducción, distribución, venta y explotación no autorizada de obras, así como contra la elusión de medidas tecnológicas de protección.

La supuesta polémica fue por la adición al artículo 403 Bis, la cual, propone para sancionar la utilización, reproducción, imitación o incorporación, a escala comercial de la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos de carácter oficial pertenecientes a instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.

 

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Sin embargo, medios de comunicación y comentaristas de la oposición política, iniciaron una campaña en redes sociales para generar confusiones y decir que es una “ley antimemes” y advirtieron que la ambigüedad en la redacción atenta contra figuras clave de la cultura digital como la parodia, la sátira política y la libre recreación de imágenes.

Sin embargo, ninguna de las iniciativas y modificaciones propone cárcel o multas, por publicar memes, parodias o críticas al Gobierno.

La reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor no está dirigida contra quienes crean y difunden memes, tampoco establece restricciones ni sanciones por publicar opiniones, críticas o parodias en internet y redes sociales. 

El decreto propuesto únicamente reforma el artículo 114 Octies y adiciona los artículos 114 Nonies y 232 Septies, con disposiciones relacionadas con la responsabilidad de los proveedores de servicios de internet frente a infracciones cometidas por sus usuarios en materia de derechos de autor y derechos conexos.

En cuanto a la Ley Federal de Protección a la Propiedad industrial, el artículo 403 Bis propuesto en la iniciativa de reforma está formulado para sancionar el uso comercial y engañoso de entidades oficiales, no cuando se utilice un logotipo gubernamental en una sátira, caricatura o meme, pues se propone una pena de uno a cinco años de prisión y multa de mil a diez mil UMAs a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, "a escala comercial", la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o cualquier documento de carácter oficial, perteneciente a cualquier institución pública de los tres órdenes de gobierno, para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito”.

 

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Cabe señalar, que la propuesta tiene por objetivo combatir la piratería y la falsificación física y digital, así como también sancionar a quien copie, imite o use sin autorización logotipos, escudos, símbolos o sitios web gubernamentales de cualquier nivel, para engañar o confundir a las personas a gran escala.

La propuesta que hoy se aprobó en el Senado y pasó a la Cámara de Diputados para su respectiva revisión y discusión, fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum a finales de mayo de 2026 y contempla modificaciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

 

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Esta iniciativa forma parte de un conjunto de reformas, las cuales, de acuerdo con el Gobierno de México, tienen como propósito fortalecer el marco penal en materia de propiedad intelectual.