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  • 02 Feb 2023
  • 11:02
  • SPR Informa 6 min

Podrán solicitar información de transparencia a través de Twitter

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definió que el derecho constitucional de petición sí puede ser ejercido a través de la utilización de las redes sociales, luego de otorgar un amparo a una persona que solicitó información al municipio de Guadalajara, Jalisco, sobre el presupuesto público.

La decisión de la Corte se dio tras conocer que el ciudadano Joaquín Rivera Espinosa envió un mensaje a la cuenta oficial de Twitter del ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco para hacer una petición de información el día 11 de febrero de 2021, en la cual preguntó sobre el gasto público asignado para reparar un paso a desnivel. También solicitó sancionar a una persona que apartaba lugares de estacionamiento en vía pública y que pavimentaran una calle.

Al no tener respuesta de la administración del Ayuntamiento de Guadalajara, a través de la cuenta @GuadalajaraGob, Rivera Espinosa interpuso un amparo, sin embargo, este fue desechado en primera instancia. Por lo que decidió apelar ante el cuarto tribunal colegiado en materia administrativa del tercer circuito, el cual, resolvió que era necesario que la SCJN lo analizara y resolviera por lo novedoso del caso.

 

 

Una vez estando el caso en la Suprema Corte, la Primera Sala del máximo tribunal decidió por unanimidad que sí es posible ejercer el derecho de petición en las redes sociales, así que ordenó al Ayuntamiento de Guadalajara dar una respuesta a la solicitud del ciudadano, incluso vía Twitter.

La sentencia definió que “atendiendo a que el quejoso autorizó expresamente que las respectivas respuestas le fueran comunicadas a partir de la plataforma Twitter, el Ayuntamiento de Guadalajara podrá utilizar dicha red social para tal efecto”.

Al ser una resolución definida por unanimidad, este fallo dejará un precedente para que cualquier juicio de amparo sobre algún tema similar deba resolverse a favor del ciudadano quejoso.