Durante la jornada electoral de este 2 de junio, los mexicanos votarán por la o el candidato de su preferencia. Con el fin de garantizar un proceso electoral justo y sin irregularidades, la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL) sanciona las conductas y acciones que se consideran delitos electorales.
Los delitos electorales se sancionan penalmente y están fundamentados en la Ley General en materia de Delitos Electorales.
¿Sabes cuáles son las acciones que son catalogadas como delitos electorales?
El artículo 7 de esta Ley expresa que se impondrán de cincuenta a cien días multa, así como prisión de seis meses a tres años, a quien:
Además, esta ley señala que, si el delito es cometido por un integrante de un organismo de seguridad pública, la pena aumentará hasta un tercio.
De igual forma, se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición.
Otra forma de delito electoral se atribuye a quien vote o pretenda votar con una identificación que no sea suya.
Asimismo, se sancionará a quien organice, reúna o transporte a votantes el día de la jornada electoral con la finalidad de influir en el sentido del voto.
Otros de los delitos electorales más comunes son:
En caso de detectar alguno de estos delitos, la FISEL llamó a la población a denunciar irregularidades o presiones para votar por determinada candidata, candidato o partido político.
Las denuncias se podrán realizar a través de la página de internet fisenet.fgr.org.mx, en la ventanilla única de la fiscalía electoral, o al teléfono 80 08 33 72 33.