• SPR Informa
  • SPR Informa
  • SPR Informa
  • SPR Informa
  • SPR Informa
  • https://www.sprinforma.mx/noticia/dicta-cfe-a-iberdrola-apagar-central-eolica-en-guanajuato-por-irregularidades
  • 01 Nov 2022
  • 16:11
  • SPR Informa 6 min

Dicta CFE a Iberdrola apagar central eólica en Guanajuato por irregularidades

A partir del primero de noviembre, la empresa energética española, Iberdrola, debió desconectar su central eólica ubicada en el estado de Guanajuato de acuerdo con el oficio CFE-ICL-0890-2022, mismo que fue entregado por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) el pasado 31 de octubre, debido a que la central en cuestión, se ubica en un domicilio distinto señalado en el permiso E/1444/AUT/2015. 

El 14 de abril de 2015, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) le otorgó a Iberdrola Renovables del Bajío, a través de la resolución RES/265/2015, el título de permiso de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento. Esta planta generadora se ubicaría en el Rancho Hacienda de Santiago, Villa de Arriaga, Villa de Reyes, San Luis Potosí, sin embargo, la energética española construyó la central en Guanajuato sin notificar previamente a las autoridades correspondientes. 

Iberdrola solicitó la actualización del permiso en la nueva dirección argumentando que “la inversión ha sido cuantiosa y ya está terminada”, pues ya estaba construida la planta y comenzó operaciones sin contar con las modificaciones de ley requeridas. 

Luego de esta acción, Iberdrola y la CFE ICL (Intermediación de Contratos Legados) firmaron el Contrato de Interconexión Legado número CIDP64-11_2016, para fuente de energía renovable, sin embargo, la empresa española omitió informar que no contaba con las autorizaciones necesarias. Dicho contrato se realizó el 8 de noviembre de 2016 y establecía la fecha de inicio de operación normal el primero de marzo de 2019. 

Ante estas irregularidades, la Comisión Reguladora de Energía emitió la resolución número RES/240/2022 el 29 de marzo de 2022, y negó a Iberdrola la modificación referente a la descripción de instalaciones del permiso de generación de energía eléctrica, ya que la central eólica de Iberdrola no existe en el domicilio al que hace referencia el pacto.

Entre otras irregularidades que se le atribuyen a Iberdrola, aparte de la ubicación física, también destacan los incumplimientos en las fechas de inicio de operaciones que le indicó la CRE en el permiso E/1444/AUT/2015, donde se establecía el inicio de operaciones entre diciembre de 2017 al 31 de diciembre de 2019, sin embargo, esto no ocurrió.  

En otra resolución (RES/241/2022) la institución reguladora, a través del acuerdo A/003/2019, amplio el periodo (no mayor a seis meses) la fecha de operación. Esta prórroga fue concedida para que el 31 de julio de 2020 entrara en operación dicha central eólica, lo cual no ocurrió hasta el año 2021. Así lo reconoce la empresa española en su informe del primer semestre del año, pues destacó que la planta de Santiago Eólico entró “en operación desde enero del ejercicio 2021”. 

Por otra parte, en la RES/545/2022 se le niega a Iberdrola Renovables del Bajío para modificar el permiso para añadir a más socios, lo cual no está permitido ya que esta planta se trata de un proyecto de autoabasto.