El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el proceso legislativo por el que se originó el Decreto 728, el cual reformó diversas disposiciones en el Código Penal y en la Ley de Salud del estado de Hidalgo para garantizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), así como las prestaciones de servicios médicos que implican.
Esta validación es el resultado del análisis de las impugnaciones formuladas (Acción de inconstitucionalidad 116/2021) por diversos diputados del Congreso del Estado de Hidalgo pertenecientes al Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD) quienes argumentaban una presunta violación en dicho procedimiento.
Sin embargo, el pleno de la SCJN consideró que en “dicho proceso legislativo no se cometieron violaciones con carácter invalidante”. Además, determinó que el Decreto impugnado “cumple con los requisitos de fundamentación y motivación legislativa, al considerar que el Congreso local cuenta con la competencia para modificar los ordenamientos señalados”.
Desde el pasado 30 de junio de 2021, Hidalgo se convirtió en la tercera entidad en aprobar el aborto hasta las 12 semanas de gestación sin importar las causales, después de la Ciudad de México (CDMX) y Oaxaca lo legalizaran también en 2007 y 2019 respectivamente.