La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición impuesta por el Gobierno de México a la importación de cigarros electrónicos, y sus derivados, impuesta en el decreto sobre la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, promulgado el 7 de junio de 2022.
El proyecto aprobado por mayoría ampara a la empresa Philip Morris México bajo el argumento de que supuestamente la norma “limita de manera innecesaria y desproporcionada la libertad de comercio”. Con la decisión de los ministros se permitirá sólo a la tabacalera importar los llamados vapeadores, pero sienta un precedente ante eventuales impugnaciones.
La prohibición de estos productos se realizó posicionando como prioridad la salud pública durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador y dicho amparo ante esa medida solo protege a Philip Morris México, filial del gigante internacional Philip Morris que fabrica y comercializa productos de tabaco, y le concede protección de la justicia federal a la parte quejosa, contra su aplicación presente y futura.
“Desde el ámbito internacional existe una encomienda para que los estados, desde una lógica de Gobierno abierto y transparencia, emitan regulaciones que permitan generar una cultura de consumo responsable de los productos prohibidos por el decreto”, explicó el fallo del proyecto presentado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.