En el marco del Día Internacional de la Mujer, la Cámara de Diputados y el Senado de la República aprobaron reformas para erradicar la violencia ácida y la violencia vicaria con el fin de garantizar justicia a las mujeres.
El pasado 7 de marzo, el Senado de la República aprobó por unanimidad una serie de reformas para atender, sancionar y erradicar la violencia por interpósita persona, también llamada “violencia vicaria”. Estas reformas modificarán la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil Federal y el Código Penal Federal, a fin de garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de este tipo de agresiones.
Este tipo de violencia tiene como objetivo dañar a las mujeres con prácticas violentas a través de sus hijos por parte de su pareja o expareja con el fin de manipularla y controlarla por el vínculo afectivo.
Las conductas donde se manifiesta la violencia vicaria son: amenazar con causar daño a las hijas e hijos; ocultarlos, retenerlos o sustraerlos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia; utilizarlos para obtener información respecto de la madre; promover, incitar o fomentar actos de violencia física de las y los hijos en contra de la madre afectando el vínculo materno filial; interponer acciones legales con base en hechos falsos o inexistentes, en contra de las mujeres para obtener guarda y custodia, cuidados y atenciones o pérdida de la patria potestad de las hijas o hijos en común; así como condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Por otro lado, en la Cámara de Diputados se aprobó otra reforma para castigar hasta con 15 años de cárcel a quienes agredan con ácido o cualquier otra sustancia química a una mujer. Por lo que estas disposiciones al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Víctimas, se enviaron al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Cabe destacar que cuando “la lesión o lesiones afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, la pena se aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y en su máximo. Cuando la víctima sea mujer, persona con discapacidad o menor de edad, la pena se aumentará hasta en una mitad”, informó el Senado en un comunicado.
Además, si las lesiones del atentado afectan órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o más de la mitad del cuerpo, se estará a la punibilidad prevista para el homicidio o el feminicidio, en grado de tentativa, según corresponda.
Con esta acción se tipifica la violencia ácida como “feminicidio en grado de tentativa”. El caso de la saxofonista oaxaqueña, María Elena Ríos, quien en 2019 fue atacada con ácido y a pesar de que aún no termina su proceso, ha incitado a muchas mujeres a través de redes sociales a no quedarse calladas.