El Senado de la República aprobó la Convocatoria Pública que permite a los Poderes de la Unión instalar sus Comités de Evaluación para que, mediante estos, se lleve a cabo la integración de los listados de quienes busquen participar en la elección extraordinaria de las personas juzgadoras el primero de junio de 2025, fecha en la que se elegirán por voto popular 850 cargos del Poder Judicial.
El Pleno del Senado sesionó el pasado 16 de octubre y aprobó, con 78 votos a favor y 39 en contra, dicha convocatoria de cara a la elección de la primera mitad de las personas juzgadoras que se enfrentarán a la elección directa, proceso ya estipulado en la Reforma Judicial aprobada el pasado 15 de septiembre.
Este paso es una de las antesalas a la elección extraordinaria del primero de junio de 2025 de las personas juzgadoras, las cuales ocuparán los cargos de ministras y ministros de la suprema corte de justicia de la nación, magistradas y magistrados de las salas superior y regionales del tribunal electoral del poder judicial de la federación, magistradas y magistrados del tribunal de disciplina judicial, magistradas y magistrados de circuito y juezas y jueces de distrito del poder judicial de la federación.
Cabe mencionar que la elección extraordinaria en el año 2025 es el primer ciclo de renovación de todos los cargos sujetos a elección pertenecientes al Poder Judicial, ya que sólo se elegirán la mitad del total de puestos, por lo que la otra mitad será electa en el 2027.
La convocatoria estipula los requisitos para que las personas aspirantes a cargos del Poder Judicial puedan elaborar su registro. A saber:
a) Acta de nacimiento en copia certificada;
b) credencial para votar con fotografía vigente, expedida por el INE.
e) Título o cédula que acredite que la o el aspirante cuenta con licenciatura en derecho,
d) Certificado de estudios o de historial académico que acredite los promedios correspondientes establecidos en los requisitos constitucionales.
e) Documentos u otros elementos de prueba que acrediten la actividad jurídica o práctica profesional en el ejercicio de la actividad jurídica, de cuando menos cinco años.
f) Constancia de residencia en el país de al menos dos años, que podrá acreditarse con el inciso b) anterior.
g) Carta bajo protesta de decir verdad de que se goza de buena reputación, que no ha sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; ni condenado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro delito que lastime seriamente la buena fama en el concepto público; que no se encuentre suspendido de sus derechos 11 políticos en términos del artículo 38 de la Constitución; que no ha sido titular de una Secretaría de Estado, Fiscal General de la República, senadora o senador, diputada o diputado federal, ni titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de la publicación de esta Convocatoria.
h) Ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación.
i) Cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo.