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  • 16 Apr 2025
  • 08:04
  • SPR Informa 6 min

Determina Tribunal Supremo de Reino Unido definición legal de mujer basada en el sexo biológico para temas de igualdad

El Tribunal Supremo de Reino Unido dictaminó por unanimidad que la definición de mujer y sexo en la Ley de Igualdad de 2010 se refieren a una mujer biológica y al sexo biológico, decisión que implica que una persona transgénero o intersexual con certificado de reconocimiento de género no debe ser considerada mujer a efectos de igualdad. 

Los cinco magistrados (tres hombres y dos mujeres) añadieron que su fallo no elimina la protección de las personas trans, quienes seguirán estando protegidas de la discriminación por reasignación de género. 

La decisión del Tribunal podría tener un impacto en la aplicación de las leyes de igualdad en los espacios de un solo sexo, como salas de hospitales, prisiones y refugios, reclamos de protecciones sociales como igualdad salarial, políticas de maternidad y otros derechos, así como participación en cargos públicos y torneos deportivos. 

La sentencia pone fin a una batalla legal iniciada en 2018 por la organización For Women Scotland (FWS) que disputaba la definición adoptada por el Parlamento Escocés, de incluir a las mujeres trans en la cuota para igualar los puestos públicos entre mujeres y hombres, ya que la definición de mujer incluía a cualquier persona con un certificado de reconocimiento de género.

FWS impugnó dicha ley argumentando que la decisión tendría consecuencias en Escocia, Inglaterra y Gales para los derechos basados ​​en el sexo, así como para las instalaciones diferenciadas por sexo, como baños, salas de hospitales y prisiones. La impugnación fue rechazada por un tribunal en 2022, pero el año pasado el grupo obtuvo autorización para llevar su caso ante el Tribunal Supremo. 

Sobre la resolución de este miércoles 16 de abril, el vicepresidente del Tribunal Supremo, Patrick Hodge, indicó que, si a las mujeres transgénero con un certificado de reconocimiento de género se les otorgara la misma característica protegida que a las mujeres biológicas bajo la Ley de Igualdad, poseerían mayores derechos que aquellas que no la tienen, como en casos de disposiciones relacionadas con el embarazo y la licencia por maternidad.

El juez insistió en que la interpretación del tribunal de la Ley de Igualdad de 2010 no elimina la protección de las personas trans, quienes podrán alegar discriminación por reasignación de género y porque se la percibe como mujer.