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  • 22 May 2023
  • 11:05
  • SPR Informa 6 min

Roxana Ruiz: ¿justicia o presión social?

Roxana Ruiz: ¿justicia o presión social?

Por Natalia Zapiain .

En mayo del 2021, Roxana Ruiz fue abusada sexualmente en Nezahualcóyotl, Estado de México. Ante esta agresión, Roxana se defendió, lo que resultó en que su agresor perdiera la vida.

Por este motivo, fue detenida en ese mismo mes y año, pasando 9 meses privada de su libertad, hasta que se le permitió continuar con su proceso penal en libertad condicional.

El pasado 15 de mayo, se le condenó a pasar 6 años y 2 meses en prisión, además de un pago de 280 mil pesos por reparación del daño a los familiares de su agresor, por considerársele culpable de homicidio al determinarse que hubo un exceso de legítima defensa[1]

Lo que estaba viviendo Roxana llamó la atención de los medios de comunicación tanto Nacionales como Internacionales, obteniendo apoyo de colectivas feministas que comenzaron a movilizarse para exigir justicia y consigas como: en México el precio por no dejarte violar es la cárcel.

Al respecto, Roxana ha declarado: “Si yo no me hubiera defendido sería yo la que estuviera muerta ahorita y quizá esta persona hubiese escapado y nadie estuviese pagando por un feminicidio más”.

Porque en un país donde solamente el 23.32% de los feminicidios denunciados terminan en una sentencia condenatoria, llama la atención que cuando la mujer es la responsable del delito, aparece la eficacia de las autoridades para realizar una investigación y dictar una sentencia. 

También, la defensa de Roxana alegó la falta de perspectiva de género[2] en las investigaciones que se llevaron a cabo durante su proceso; esto es importante porque, la implementación de los protocolos con esta perspectiva permite atender al contexto social de desigualdad entre hombres y mujeres, así como a la realidad de violencia feminicida que se vive en nuestro país.

Al no haberse aplicado esta metodología, se omitió realizar peritajes médicos y psicológicos propios de una investigación donde se involucran delitos de violencia sexual.

Aunado a lo anterior, en el caso de Roxana había otra circunstancia importante a tomar en cuenta, su situación de vulnerabilidad[3] por ser: mujer, indígena y víctima de violencia[4].

Sin embargo, la lucha de Roxana no ha sido en vano, gracias a la presión social ejercida mediante manifestaciones públicas de los colectivos feministas, este 20 de mayo de 2023, mediante un Comunicado Oficial, la Fiscalía del Edomex informó el desistimiento del ejercicio de la acción penal[5].

Después de un nuevo análisis realizado por la Fiscalía Central para la Atención de los Delitos vinculados a la Violencia de Género, ahora sí bajo la perspectiva de género y la protección de los grupos en situación de vulnerabilidad, se determinó que Roxana actuó en legítima defensa, por lo que, acorde con el artículo 327 fracción IV del Código Nacional de Procedimientos Penales, se le dejó exenta de responsabilidad penal, es decir, no tendrá que ir a la cárcel. 

Es aquí donde vale la pena preguntarnos, si la Fiscalía del Estado de México cuenta con una Fiscalía especializada en cuestiones de violencia de género ¿por qué esperar a que el caso se hiciera mediático para su intervención? ¿por qué dejar que Roxana viviera 9 meses privada de la libertad durante su proceso? ¿por qué necesitar de la presión de los colectivos para seguir los protocolos que ya están establecidos? ¿qué hubiera pasado si el caso de Roxana no hubiera llamado la atención de los medios?

Bajo la frase defender mi vida no es un delito, el Comité por la libertad para Roxana Ruiz Santiago, continúa convocando al respaldo de este caso hasta que se dicte la sentencia absolutoria.

Porque ante situaciones como estas, pareciera que el reclamo termina siendo hacia las mujeres, por defenderse, por protestar, en lugar de cuestionarnos el contexto de violencia feminicida en el que nos encontramos y que lleva a una mujer al extremo de debatirse entre su vida o la de su agresor.

Vale la pena cuestionar el contexto de violencia feminicida en el que estamos envueltos y la manera en que actúan nuestras autoridades investigadoras, todos podemos ser parte del cambio en estas narrativas, para que realmente el precio por no dejarte violar no sea la cárcel o la muerte. 


 

[1] La legítima defensa exime de culpabilidad en ciertos delitos, por considerarse que la conducta realizada (normalmente delictiva), era necesaria para impedir o repeler una agresión injusta.

[2] De acuerdo con la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la perspectiva de género se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, desigualdad y exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para actuar sobre los factores de género y crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género. 

[3] Existen sectores de la sociedad, que debido a determinadas condiciones o características son más vulnerables a que sus derechos humanos sean violados. A estos se les conoce como grupos en situación de vulnerabilidad, porque justamente esta condición es en relación con el contexto en el que se encuentran.

[4] Entre los grupos en situación de vulnerabilidad podemos encontrar a las Personas Migrantes, Víctimas del Delito, Niñas, Niños y Adolescentes, Personas con VIH, Mujeres, Población LGBTTTIQ, Periodistas y Defensores de Derechos Humanos, Pueblos y Comunidades Indígenas, Personas con Discapacidad, Personas privadas de la libertad.

 

[5] Del comunicado se desprende que el Fiscal General de Justicia del Estado de México instruyó a la Fiscalía Central para la Atención de los Delitos vinculados a la Violencia de Género, atraer el caso, para su análisis bajo los parámetros metodológicos que deben tomarse en cuenta cuando se encuentran involucrados sujetos de grupos en situación de vulnerabilidad.