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  • 04 Oct 2022
  • 15:10
  • SPR Informa 6 min

¿Por qué la demanda de México en contra de la venta de armas en Estados Unidos no procedió?

El pasado viernes 30 de septiembre, el juez Dennis Saylor, de Boston, Estados Unidos, rechazó la demanda interpuesta por el Gobierno Mexicano en contra de las empresas estadounidenses que venden armas de fuego por facilitar el tráfico de armas al crimen organizado debido a la poca regulación existente en el país ante la compra y venta de armas.

El Gobierno de México llevará a la Corte Interamericana de Derechos Humanos la demanda desestimada por el juez estadounidense debido a que la ley norteamericana prohíbe las demandas que responsabilizan a los fabricantes de armas si éstas caen en el narcotráfico.

De acuerdo con el juez, la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas protege a los fabricantes de armas de este tipo de juicios por “daños causados derivados por el mal uso delictivo o ilegal de armas de fuego (...) realizado por parte de otros cuando el producto funcionaba como estaba diseñado y previsto".

Dennis Saylor agregó que “aunque el Tribunal siente una gran simpatía por el pueblo de México, y ninguna por quienes trafican con armas para las organizaciones criminales mexicanas, tiene el deber de cumplir la ley”.

LA LEY DE ARMAS DE ESTADOS UNIDOS

La Ley Nacional de Armas de Fuego (NFA por sus siglas en inglés) de 1934 obligaba a las personas que adquirían armas de fuego a registrarlas ante la Secretaría del Tesoro, la cual tenía la facultad de proporcionar la información personal del comprador a las autoridades estatales con la finalidad de que fueran procesadas en caso de no realizar dicho registro, Sin embargo, en 1968, la Corte Suprema ratificó esta ley porque “violaba el privilegio de autoincriminación” derivado al caso Haynes.

¿QUIÉN ES HAYNES Y POR QUÉ INFLUYE EN LA VENTA DE ARMAS?

Miles Edward Haynes era un convicto criminal que fue acusado de no registrar un arma de fuego, Haynes apeló a su derecho a no incriminarse a sí mismo, es decir, los delincuentes y otras personas a quienes se les prohíbe portar armas no pueden ser obligados a incriminarse a sí mismos mediante el registro.

¿CÓMO MODIFICÓ ESTO LA LEY?

Debido a este caso, la NFA fue enmendada en 1971 y actualmente solo los poseedores, fabricantes o importadores legales serán quienes deban registrarlas y deberán pagar un impuesto especial, además, se prohibió el uso de cualquier solicitud de información o registro de la NFA para ser usada como evidencia contra una persona en procedimiento criminal, eliminando así todo enjuiciamiento hacia las personas que legalmente no puedan adquirirlas.

Por esta razón, la Constitución de Estados Unidos en su segunda enmienda estipula que sus ciudadanos tienen el derecho a usar, portar y vender armas de fuego bajo la “autodefensa” y la defensa de su país, siempre y cuando no tengan un registro previo en el Buró de Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos, sea extranjero, fugitivo o esté condenada a algún crimen, sin embargo, la venta privada de armas al no estar considerada como un negocio, no hay un registro claro de su regulación.